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2.1.9 Cumplir, dentro de los plazos establecidos, con las responsabilidades académicas
cotidianas y con aquellas dejadas de cumplir debidamente justificadas.
2.1.10 Informarse de manera directa y permanente sobre el estado de sus procesos
académico y de comportamiento social.
2.1.11 Conocer y acatar la evaluación de su comportamiento social, teniendo en cuenta el
observador y lo establecido en el Sistema Institucional de Evaluación.
2.1.12 Recibir y acatar de manera correcta y oportuna, las orientaciones dadas para el
desarrollo de actividades académicas.
2.1.13 Asistir y representar a la Institución Educativa, cumpliendo con las normas
establecidas para cada evento y enalteciendo el buen nombre de la Institución Educativa.
2.1.14 Escuchar de manera respetuosa los argumentos ofrecidos por un integrante de la
comunidad educativa; por reclamaciones hechas por sí mismo o por intermedio de terceras
personas.
2.1.15 Velar por la conservación y mejoramiento del ambiente desde lo natural, social y
cultural, dentro y fuera de la Institución Educativa.
2.1.16 Tratar con respeto y consideración a los demás, especialmente a quienes presentan
discapacidad, especial vulnerabilidad o discapacidades sobresalientes.
2.1.17 Actuar e informar de forma diligente, frente a cualquier forma de maltrato, agresión
física o psicológica, humillación, discriminación o burla, dirigida hacia él o en contra de
cualquier integrante de la Comunidad Educativa (Bullying).
2.1.18 Demostrar respeto por la dignidad y la condición humana del docente como uno de
los ejes centrales del proceso educativo.
2.1.19 Contribuir con su proceso formativo y de los demás, en términos de los principios
establecidos en el presente manual.
2.1.20 Tratar a los demás con respeto y dignidad, en buenos términos, evitando toda clase
de apodos, vocabulario soez o vulgar, así como peleas, discusiones y riñas dentro y fuera de
la institución.
2.1.21 A hacer uso de los mecanismos de protección que brinda la Institución Educativa,
cuando se sienta afectado por comportamientos que conlleven a ser subvalorado, por su
carácter de vulnerabilidad.
2.1.22 Comunicar todo acto que atente contra la convivencia y el bienestar de la
comunidad.
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