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CAPITULO IX



                                          DISPOSICIONES GENERALES





                  9.1    El Colegio brindará los estímulos contemplados en la Ley 115 o Ley General de
                  Educación, en el Título V: de los Educandos, Capítulo II: Beneficios Estudiantiles, Artículo
                  98 al 103.

                  9.2    Al mejor estudiante en Básica y Media de cada grupo, tanto en lo académico como
                  en lo social, se le otorgará el premio a la excelencia y se hará acreedor a la matrícula de
                  honor. A los demás estudiantes excelentes, si  existen en el grupo se  les otorgará una
                  mención de honor con la firma de los directivos y el director de grupo. En caso de empate
                  se hará sorteo.

                  9.3    El título de  mejor bachiller será asignado al estudiante de grado once  que haya
                  alcanzado los logros de manera integral: en lo académico, lo social, la puntualidad, el
                  sentido de pertenencia,  dando prioridad a  aquellos estudiantes que hayan transitado  el
                  mayor número de años por la institución.

                  9.4    A los estudiantes de  grado once que hayan cursado todos sus estudios en la
                  institución, y se hayan distinguido siempre por su buen comportamiento social y académico
                  se les otorgará el premio a la perseverancia.

                  9.5    Los estudiantes que se destaquen en los primeros puestos, por su participación en
                  eventos institucionales, Municipales, Departamentales, o Nacionales, tendrá un
                  reconocimiento por escrito, el cual se hará público.

                  9.6    El estudiante que resulte elegido el mejor deportista del año, recibirá un galardón
                  del colegio en el acto de clausura.

                  9.7    El procedimiento para decidir el mejor estudiante de Pruebas Saber  ICFES, será
                  decidido por el Consejo Académico, órgano institucional que determinará los criterios para
                  esta designación  en la  última reunión del año lectivo. El mismo órgano institucional
                  decidirá en el caso de empate de dos o más estudiantes.







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