Page 90 - 2017 MANUAL DE CONVIVENCIA DEFINITIVO
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El estudiante o el padre de familia podrá interponer el recurso de reposición ante el
                  rector o el de apelación ante el Consejo Directivo.

                  Artículo 112. Sanciones para las Faltas Gravísimas.

                  Se  podrá  imponer  de  acuerdo  a  la  falta  y  a  las  circunstancias  atenuantes  o
                  agravantes, las siguientes sanciones definidas en el artículo 100:  Suspensión de 1
                  a  3  días,  Matrícula  en  Observación,  Desescolarización,  Negación  de  Cupo,
                  Suspensión provisional (1 a 5 días), y Cancelación de Matricula, También se podrá
                  imponer  sanciones  accesorias  como:  Actividades  Académicas,  Actividades  de
                  Formación Pedagógica, Restitución del Bien y Reparación del daño.


                  CAPITULO IX. DE LOS RECURSOS

                  Artículo 113. Definición.

                  El estudiante que sea objeto de inculpación y por ende sancionado, tendrá derecho
                  a nuevamente ser escuchado y presentar descargos ante la autoridad (coordinador
                  o rector) que emitió el concepto, para que se cambie la sanción. Estos descargos
                  se deben realizar si el padre o estudiante tiene pruebas nuevas que no se hayan
                  presentado en el momento de tomar la decisión. Todo estudiante tendrá derecho a
                  hacer uso de:

                  Artículo 114. Recurso de reposición.

                  Se interpondrá ante quien profiere la sanción de primera instancia (Coordinador),
                  con el objeto de que aclare, modifique o revoque la decisión.

                  El  término  para  interponer  el  recurso  será  dentro  de  los  Tres  (3)  días  hábiles
                  siguientes a la notificación de la decisión.

                  El recurso lo podrá interponer el Estudiante, su representante o acudiente.

                  Artículo 115. Recurso de apelación.

                  Procede  contra  Sanciones  por  Faltas  Graves  y  gravísimas.    Se  interpondrá
                  dentro de los Tres (3) días hábiles siguientes a la notificación de la decisión de
                  primera  instancia  (Coordinador)  o  subsidiario  del recurso  de  Reposición  ante  el


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