Page 92 - 2017 MANUAL DE CONVIVENCIA DEFINITIVO
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TITULO VII

                                              ESTRUCTURA ACADEMICA


                  CAPITULO I. DE LOS HORARIOS Y LAS INTENSIDADES

                  Artículo 117. Jornada Escolar.

                  Es  el  tiempo  diario  que dedica  el  establecimiento educativo  a sus  estudiantes
                  en la prestación  directa del  servicio  público  educativo,  de conformidad  con  las
                  normas vigentes sobre calendario académico y con el plan de estudios. El horario
                  de la jornada escolar será definido por el rector o director, al comienzo de cada año
                  lectivo, de conformidad con las normas vigentes, el proyecto educativo institucional
                  y el plan de estudios, y debe cumplirse durante las cuarenta (40) semanas lectivas
                  establecidas  por  la  Ley  115 de 1994  y  fijadas  por  el  calendario  académico
                  de la respectiva entidad territorial certificada.

                  Se  fija  la  Jornada  Escolar  para  los  estudiantes  de  preescolar,  básica  primaria,
                  básica secundaria y media según los siguientes horarios:

                                                            BASICA            BASICA
                                       PREESCOLAR                                              MEDIA
                                                           PRIMARIA       SENCUDARIA
                     JORNADA DE           7:00 AM A                         6:00 AM  A       6:00 AM  A
                           LA                              NO APLICA
                       MAÑANA             11:30 AM                           12:30  M         12:30  M
                     JORNADA DE           1:00 PM A          12:40 A        NO APLICA            NO
                       LA TARDE            5:30 PM          6:10 P.M.                         APLICA


                  PARAGRAFO: Por razones de seguridad y bienestar, sólo se reciben estudiantes
                  en  el  horario  establecido  e  igualmente  los  padres  de  familia  deben  recogerlos
                  puntualmente  en  el  horario  de  salida.    Así  mismo,  no  está  permitido  que  un
                  estudiante permanezca en la I.E. en horas diferentes a su horario normal, salvo que
                  medie causa justificada y contando con autorización expresa de la coordinación o
                  de rectoría.



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