Page 86 - 2017 MANUAL DE CONVIVENCIA DEFINITIVO
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de la comisión de la falta comunicará al Coordinador quien procederá a:

                      1.  Identificar la falta para ubicarla en tipo II- falta grave.

                      2.  Escuchar al implicado o a los implicados en la situación para establecer lo
                         sucedido e identificar al responsable o responsables e informándoles que se
                         da inicio al proceso.

                      3.  Recaudar las pruebas que se consideren pertinentes para el esclarecimiento
                         de los hechos.

                      4.  Ordenar la apertura de la investigación que se entiende surtida enterando al
                         implicado y remitiendo por su conducto citación al Padre de Familia.

                      5.  Escuchar nuevamente la versión del estudiante implicado en compañía de
                         su padre o acudiente.

                      6.  Informar al padre de familia y al estudiante cual fue la falta del Manual de
                         Convivencia trasgredida, así como las recomendaciones para que este tipo
                         de comportamientos no vuelvan a suceder.

                      7.  Si el estudiante es consciente de su error y acepta la falta, se establecen las
                         medidas  correctivas  y  sancionatorias,  dejando  registro  de  ello  en  el
                         Observador  del  estudiante.  Deben  estar  acompañadas  de  actividades
                         restaurativas para reparar los daños causados y el restablecimiento de los
                         derechos y la reconciliación.

                      8.  Si el estudiante niega la falta, haciendo uso de su derecho de defensa y
                         contradicción,  pueden  junto  con  su  padre o  madre,  ampliar  los  hechos o
                         desvirtuarlos, aportar pruebas o pedir la práctica de otras. El coordinador
                         informará cuáles son las pruebas que se tienen en el caso, guardando la
                         debida  confidencialidad  de  la  fuente  y  que  permiten  establecer  su
                         responsabilidad.

                      9.  Las sanciones se comunican al estudiante y al padre de familia en la misma
                         reunión y se deja registro en el observador del estudiante.

                      10. Se informa al estudiante y al padre de familia que pueden interponer los
                         recursos de reposición y en subsidio el de apelación.



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