Page 81 - 2017 MANUAL DE CONVIVENCIA DEFINITIVO
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•  Negación  del  cupo  para  el  año  siguiente.  Consiste  en  permitir  que  el
                      estudiante,  excepto  el  de  once  grado,  que  ha  incurrido  en  reiteradas  faltas
                      graves, una falta gravísima, o tiene matrícula en observación y no ha mejorado
                      su  comportamiento,  termine  el  año  en  la  institución  educativa,  con  el
                      conocimiento  que  para  el  año  siguiente  independiente  de  su  resultado
                      académico, el cupo le será negado.

                  •  Cancelación de Matrícula. Consiste en dar por terminado de manera inmediata
                      el contrato de prestación de servicios educativos o de matrícula, lo que implica
                      el  retiro  inmediato  del  estudiante  de  la  institución  y  será  determinada  por  el
                      Rector, cuando un estudiante ha incumplido todos los acuerdos establecidos y
                      no muestra intención de cambio o cuando la falta sea gravísima que ponga en
                      juego la integridad de los compañeros o el buen nombre de la institución.  El
                      estudiante  sancionado  con  cancelación  de  matrícula  no  podrá  volverse  a
                      matricular nuevamente en La IE Piloto Simón Bolívar. Estará soportada por los
                      informes de la Coordinación respectiva, del Comité de Convivencia Escolar y
                      del proceso de acompañamiento e intervención de psicoorientación si fuere el
                      caso. De esta medida se emitirá Acto Administrativo y notificación a los padres
                      o acudientes con las respectivas firmas.



                  CAPITULO VII.  CIRCUNSTANCIAS DE AGRAVACION Y ATENUACION DE LA
                  SANCION.

                  Artículo 101. Definición.

                  Las  circunstancias  agravantes  o  atenuantes  las  constituyen  todos  aquellos
                  aspectos, actitudes personales sociales y familiares que rodean al disciplinado.  La
                  graduación de la sanción en aras de aplicar el principio de la favorabilidad, siempre
                  partirá de los mínimos a los máximos.

                  En  todo  caso,  las  conductas  que  violen  el  ordenamiento  jurídico  penal  vigente,
                  serán puestas en conocimiento de la Autoridad Competente.

                  •  Atendiendo los fines de la educación y sin desconocer que la sanción impuesta
                      a un estudiante hace parte del proceso a su sana formación, se tendrá siempre




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