Page 84 - 2017 MANUAL DE CONVIVENCIA DEFINITIVO
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subsanarse para  contribuir  en  la formación y  crecimiento  del  estudiante  y  en  el
                  mejoramiento de la convivencia escolar.

                  Lo anterior sin perjuicio de las sanciones que deban imponerse.

                  Artículo 106. Formato de Seguimiento Comportamental

                  Es el equivalente al Observador del Estudiante para faltas leves y constituye plena
                  prueba ante cualquier autoridad.  Se estableció con el objeto de llevar un registro
                  de  las  faltas  leves  que  se  cometen  con  mayor  frecuencia  y  de  la  constante
                  indisciplina,  situaciones  que  si  son  reiterativas  se  convierten  en  graves  y
                  gravísimas.

                  En  él  se  registran  las  faltas  leves  indicando  la  fecha,  la  situación,  la  estrategia
                  metodología o pedagógica a aplicar y el seguimiento que se hace a la misma, y los
                  compromisos adquiridos. Debe tener la firma del profesor, del estudiante y si es el
                  caso, del padre de familia.

                  El director de grupo podrá informar por escrito a la coordinación para que se dé
                  inicio al proceso por falta grave o gravísima según el caso, aportando el Formato
                  de Seguimiento Comportamental para que sirva como prueba.

                  Artículo 107. Procedimiento (Protocolo) para las faltas leves – Tipo I

                  El docente o directivo docente que presencie o tenga conocimiento directo de la
                  falta efectuará el siguiente procedimiento:

                  •  Tener  un  diálogo  reflexivo  con  el  implicado,  escuchando  sus  argumentos  y
                      aplicando inmediatamente, alguna estrategia pedagógica tendiente a fortalecer
                      en valores y normalizar el comportamiento del estudiante.

                  •  Si la conducta se reitera o si comete otra falta leve, se cita al Padre de familia
                      ya sea por escrito o telefónicamente, se le informa de la situación en presencia
                      del  estudiante  quien  podrá  afirmar  o  controvertir,  y  se  analizarán  las
                      circunstancias internas y externas, que posiblemente puedan estar afectando el
                      comportamiento  del  estudiante,  tales  como  medio  social,  entorno  familiar,
                      nutrición, estado físico, cuyo objeto es determinar la situación real y objetiva del
                      comportamiento.  De  esta  actuación  se  dejará  constancia  en  el  Seguimiento
                      Comportamental con la firma del padre de familia.


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