Page 84 - 2017 MANUAL DE CONVIVENCIA DEFINITIVO
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subsanarse para contribuir en la formación y crecimiento del estudiante y en el
mejoramiento de la convivencia escolar.
Lo anterior sin perjuicio de las sanciones que deban imponerse.
Artículo 106. Formato de Seguimiento Comportamental
Es el equivalente al Observador del Estudiante para faltas leves y constituye plena
prueba ante cualquier autoridad. Se estableció con el objeto de llevar un registro
de las faltas leves que se cometen con mayor frecuencia y de la constante
indisciplina, situaciones que si son reiterativas se convierten en graves y
gravísimas.
En él se registran las faltas leves indicando la fecha, la situación, la estrategia
metodología o pedagógica a aplicar y el seguimiento que se hace a la misma, y los
compromisos adquiridos. Debe tener la firma del profesor, del estudiante y si es el
caso, del padre de familia.
El director de grupo podrá informar por escrito a la coordinación para que se dé
inicio al proceso por falta grave o gravísima según el caso, aportando el Formato
de Seguimiento Comportamental para que sirva como prueba.
Artículo 107. Procedimiento (Protocolo) para las faltas leves – Tipo I
El docente o directivo docente que presencie o tenga conocimiento directo de la
falta efectuará el siguiente procedimiento:
• Tener un diálogo reflexivo con el implicado, escuchando sus argumentos y
aplicando inmediatamente, alguna estrategia pedagógica tendiente a fortalecer
en valores y normalizar el comportamiento del estudiante.
• Si la conducta se reitera o si comete otra falta leve, se cita al Padre de familia
ya sea por escrito o telefónicamente, se le informa de la situación en presencia
del estudiante quien podrá afirmar o controvertir, y se analizarán las
circunstancias internas y externas, que posiblemente puedan estar afectando el
comportamiento del estudiante, tales como medio social, entorno familiar,
nutrición, estado físico, cuyo objeto es determinar la situación real y objetiva del
comportamiento. De esta actuación se dejará constancia en el Seguimiento
Comportamental con la firma del padre de familia.
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