Page 76 - 2017 MANUAL DE CONVIVENCIA DEFINITIVO
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reviste las características de un delito.
                      29. Quien se vea incurso en Acoso Escolar (bullying), esa conducta negativa,
                         intencional  metódica  y  sistemática  de  agresión,  intimidación,  humillación,
                         ridiculización,  difamación,  coacción,  aislamiento  deliberado,  amenaza  o
                         incitación a la violencia o cualquier forma de maltrato psicológico, verbal,
                         físico o por medios electrónicos contra cualquier miembro de la comunidad
                         educativa, que se presenta de forma reiterada o a lo largo de un tiempo
                         determinado, pero que aún no reviste las características de un delito.
                      30. Quien incurra en cualquier forma de Ciberacoso Escolar o Ciberbullying:
                         que  es  una  forma  de  intimidación  con  uso  deliberado  de  tecnologías  de
                         información (Internet, redes sociales virtuales, telefonía móvil y video juegos
                         online) para ejercer maltrato psicológico y continuado a un estudiante o a
                         cualquier miembro de la comunidad educativa.

                      PARAGRAFO. La reincidencia en FALTAS GRAVES y el no asumir actitudes
                      de cambio frente a las mismas, cumplido el debido proceso y realizados los
                      seguimientos  respectivos,  se  entenderá  y  tratará  en  adelante  como FALTAS
                      GRAVÍSIMAS

                  Artículo 96. Comportamientos tipificados como Faltas Gravísimas.

                  Son consideradas como Faltas Gravísimas, las siguientes:

                      1.  Causar lesiones a la integridad física de cualquier miembro de la comunidad
                         educativa.
                      2.  Impedir directamente o por medio de personas, y/o objetos el libre tránsito o
                         acceso de los miembros de la comunidad al establecimiento.
                      3.  Acosar sexualmente a cualquier miembro de la comunidad educativa.
                      4.  Pertenecer y/o fomentar la creación de pandillas, sectas satánicas y grupos
                         al margen de la ley.,
                      5.  Realizar prácticas sexuales, heterosexuales y/o homosexuales dentro de la
                         Institución o en otros lugares durante actividades programadas por la misma.
                      6.  Ejercer o inducir a la prostitución.
                      7.  Protagonizar riñas o peleas fuera del colegio portando el uniforme.
                      8.  Retener, intimidar, chantajear o extorsionar, por cualquier medio a cualquier
                         persona o miembro de la Comunidad Educativa
                      9.  Suplantar a otra persona y /o cometer fraude en evaluaciones, trabajos o
                         cualquier otra actividad institucional.
                      10. Hurtar o ser cómplice de hurto en cualquiera de sus modalidades.


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