Page 6 - Dialogo1
P. 6

Gaceta Jurídica S.A.
 Gaceta Jurídica S.A.
                                    Gaceta Jurídica S.A.
 Gaceta Jurídica S.A.
                                                                                                Gaceta Jurídica S.A.









                                           HildeBRANdO CASTRO POZO CHÁVeZ                     Gaceta Jurídica S.A.


                        dejará de llamarse Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del
                        Estado (Consucode) para denominarse Organismo Supervisor de Contrata-
                        ciones del Estado (OSCE). De ahí que el estudio de la jurisprudencia que el
                        Tribunal de Contrataciones dio bajo el anterior ordenamiento sea tan o más
                        importante bajo el nuevo, puesto que bajo la ilusión de un nuevo marco le-
                        gislativo suelen olvidarse reinterpretarse los principios y conceptos, cuando
                        en realidad la modificación jurídica se centra fundamentalmente en aspectos
                        procedimentales .
                                       (6)
                            Estamos ante un sistema administrativo que en tanto se centre en princi-
                        pios como la libre competencia, la transparencia, la eficiencia, la imparciali-
                        dad, la razonabilidad, la economía y la vigencia tecnológica, deberá impri-
 Gaceta Jurídica S.A.              Gaceta Jurídica S.A.                                       Gaceta Jurídica S.A.
 Gaceta Jurídica S.A.
                                    Gaceta Jurídica S.A.
                        que permitan comprender el funcionamiento de la revisión de las decisiones Gaceta Jurídica S.A.
                        mir en la gestión, en los procedimientos y en el control de estos (mediante la
                        impugnación de ser el caso) con una lógica del respeto a los derechos de los
                        participantes en los procedimientos licitatorios y en la posibilidad cierta que
                        de presentarse una incorrección en estos procedimientos el participante ten-
                        drá el derecho a impugnar las decisiones de la Administración Pública que
                        convoque un procedimiento licitatorio.


                            En suma, en esta publicación procuraremos brindar algunos elementos

                        en materia de compras públicas, centrándonos en aquellos aspectos donde la
                        jurisprudencia del Tribunal de Contrataciones (e incluso del Tribunal Consti-
                        tucional) haya mostrado trascendencia.























                        (6)   Esto incluso a pesar de que en la nueva Ley de Contrataciones del Estado (artículo 4) se establezcan nuevos
                             principios de la contratación, en la práctica estos no han repercutido en la modificación de la interpretación de
                             los principios principales y de los conceptos clave de la contratación estatal.

                            8
















 Gaceta Jurídica S.A.              Gaceta Jurídica S.A.                                       Gaceta Jurídica S.A.
                                                                                                Gaceta Jurídica S.A.
                                    Gaceta Jurídica S.A.
 Gaceta Jurídica S.A.
   1   2   3   4   5   6   7   8   9   10   11