Page 65 - Orestiada. Agamenón. Las Coéforas. Las Euménides
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ESTUDIO PRELIMINAR

                y los mandatos de la divinidad y el inmenso pesar del padre.
                También me angustia la necesidad de caudales
                por la que los ciudadanos, los más renombrados entre los mortales,
                destructores de Troya ponderados por su valor,
                de dos mujeres así lleguen a ser vasallos,
                                                               119
                pues afeminado es su espíritu. Y si no es así, pronto se sabrá.
              La angustia trágica de Orestes reside, sobre todo, en el debate
              de su actuar como brazo de la ley impelida por Apolo, decretada
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              por la fuerza religiosa que puede tener el oráculo.  Este orde-
              namiento se torna mucho más complicado en razón del juicio
              estrictamente humano: si Orestes cumple, malo; si no cumple,
              malo. Orestes para ser Orestes tiene que ejecutar el requisito del
              matricidio. La tragedia del héroe es de naturaleza existencial, pues
              este delito es una acción trágica, pero es resultado del dilema que
              reafirma el nudo trágico en el que no hay escapatoria para el joven
              príncipe. En cierto modo, la base religiosa que mueve a Clitem-
              nestra al asesinar a su marido para vengar a Ifigenia es la misma
              que en el caso de su hijo. Sin embargo, el viricidio se mantie-
              ne en el espacio estricto de la venganza, pues no hay resolución
              legalmente humana para el castigo de Clitemnestra. Orestes la
              asesina para cobrar la sangre de su padre y de no haberse trocado
              la Erinia en una deidad propia de la Dike que mira más hacia
              lo humano que hacia lo arcaicamente divino, la sangre seguiría
              un natural derramamiento. La ley draconiana dio paso de este
              modo al Areópago como tribunal para los delitos de sangre en


                119  Aesch., Cho., 297-305.
                120  Aesch., Eum., 459-469; 588-594.

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