Page 34 - Maquiavelo, Nicolas. - El Principe [1513]
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:XXXIV ANA MARTINEZ ARANCON
afirma que sus doctrinas son aún más perniciosas que la he-
rejía luterana, pues los herejes, aunque se equivocan grave-
mente y son un cáncer para la verdadera doctrina, al menos
tienen alguna fe, y, entre sus muchos errores, brillan, por
escasas que sean, ciertas chispas de verdad, mientras que «los
políticos y discípulos de Maquiavelo no tienen religión al-
guna, ni hacen diferencia que la religión sea falsa o verda-
27•
dera, si no es a propósito para su razón de Estado> Son
además enemigos no declarados, y por lo mismo doblemen-
te peligrosos.
Y es que la nueva concepción del actuar político que inau-
guraba el florentino chocaba radicalmente con la concepción
critiana de la vida, que era muy importante en España, no
sólo por razones religiosas, sino también por intereses hu-
manos, pues el rey de España se consideraba el campeón de
la Iglesia romana y el brazo armado de la fe, lo que daba
una justificación trascendental a su política de imperio.
Pero no era menos cierto que la propuesta de Maquiavelo
no se podía dejar de lado: estaba llena de vitalidad, y su mez-
cla de racionalización y empirismo, de especulación y obser-
vación, de utopía y realismo, de innovación y tradición hu-
manística, ponía de manifiesto toda su fuerza, se correspon-
día con su época de un modo que no permitía ignorarla. Por
eso, hasta los más estrictos defensores de la moral cristiana
se dan cuenta de que «no es suficiente refutar, no importa
cuán habilidosarnente, la tesis política de Maquiavelo. Se ne-
cesita también una alternativa capaz no sólo de afrontar con
éxito las demandas de la praxis política, sino de mantener
incólume la supremacía moral de la religión sobre la po-
lítica> 28•
Pues Maquiavelo no sólo indicaba respuestas, sino que
planteaba nuevas preguntas, hacía explícita la situación de
27 P. Rivadeneyra, FJ pñncipe cristiano, Sopena, Buenos Aires, 1942,
p. 10.
28 J. A. Fecnández Santamacía, Razón de estado y política en el pensa-
miento español del Barroco (1559-1640), Centro de Estudios Constitucio-
nales, Madrid, 1986, p. 15.