Page 80 - Primer libro VIM
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gubernamentales, por lo general, se quedan en niveles muy básicos; mientras que las practicantes
               de  VIM  pueden,  en  poco  tiempo,  obtener  aprendizajes  que  a  muchas  de  sus  compañeras  les
               significarán años de estudio.


               La familia: actor relevante en todo el proceso de rehabilitación


               Una buena rehabilitación implica comprometerse con las personas en silla de ruedas, pero también con sus
               familias, para no crear vacíos; pues el éxito inicial depende mucho de estas últimas. Nos hemos topado en
               varias ocasiones, con jóvenes -personas con discapacidad- que viven virtualmente recluidos en sus casas,
               sin que las familias les permitan salir, ni siquiera para tomar el curso. Ha habido casos en que el DIF tiene
               que auxiliarse de la policía, para que dejen salir a algún chico mayor de edad, cuyo único anhelo es conocer
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               otra forma de vida .
               Algunos  de  esos  jóvenes  rehabilitados,  no  obstante  sus  15  ó  20  años  de  encierro,  son  ahora
               quienes  con  gran  generosidad,  sostienen  el  ingreso
               de  la  familia.  Hay  familiares  que  acuden  al  curso;  y,
               luego  ya  no  quieren  que  sus  hijos  sigan  haciéndose
               independientes:  lo  quieren  sacar  del  curso  por  la
               fuerza. Algunos, de hecho, si lo han conseguido; pues
               los hijos –aún con mayoría de edad- asumen que “no
               pueden rebelarse contra sus padres”.


               Por ello, es muy importante trabajar el tema de los miedos,
               sobre todo con los familiares. La Gráfica 41 puede ayudar
               en esa tarea: 137 de las 200 PCD encuestadas (casi el 70%)
               reconocen que sus familiares valoran mucho las habilidades
               para superar obstáculos, que aprendieron en el Modelo VIM. Casi un 50% de los encuestados, dicen que lo
               que valoran mucho también es su habilidad de pasar de la silla al baño o al automóvil; y, una tercera parte,
               dice que la habilidad que más valoran sus familiares es la de subir y bajar escaleras, así como el manejo de
               caídas. En otras palabras: no hay razón para tener miedo al Curso de Rehabilitación o a la participación de
               una PCD en el Modelo de Integración; pues, al final de cuentas, lo que ahí aprenderá, beneficiará también
                                                           a los propios familiares: se traducirá en que la PCD deje
                                                           de ser una carga para ellos, en aspectos muy específicos,
                                                           que antes significaban un desgaste importante para los
                                                           familiares que se hacían responsables de ella.

                                                           Poco a poco, la carga para la familia, necesariamente
                                                           comienza a disminuir, pues la PCD va haciéndose cada
                                                           vez más independiente. Sus familiares son sustituidos
                                                           por el nuevo grupo de apoyo que se genera en torno
                                                           a ella: sus pares, sus nuevos amigos y otras PCD con
                                                           quienes comenzará a compartir distintos espacios de
                                                           vida. La Gráfica 69BisII muestra los nuevos grupos a los

               35 Convención DPD: Artículo 14.- Libertad y seguridad de la persona. 1). Los Estados Partes asegurarán que las personas con discapacidad, en
               igualdad de condiciones con las demás: a) Disfruten del derecho a la libertad y seguridad de la persona; b) No se vean privadas de su libertad ilegal o
               arbitrariamente y que  cualquier privación de libertad sea de conformidad con la ley, y que la existencia de una discapacidad no justifique en ningún
               caso una privación de la libertad. 2). Los Estados Partes asegurarán que las personas con discapacidad que se vean privadas de su libertad en razón
               de un proceso tengan, en igualdad de condiciones con las demás, derecho a garantías de conformidad con el derecho internacional de los derechos
               humanos y a ser tratadas de conformidad con los objetivos y principios de la presente Convención, incluida la realización de ajustes razonables. Modelo
               VIM: el derecho a la libertad, implica que la PCD quiera ser libre y asumirlo con responsabilidad; con todo lo que esa libertad implica.
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