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18-4 Manual de gestión de la seguridad operacional
18.2.7 Es especialmente importante que, cuando la función de reglamentación y la explotación de
aeródromos están bajo el control de un solo organismo (p. ej., un departamento de la administración civil o
una administración controlada por el Estado) se mantenga una clara distinción entre estas dos funciones,
es decir, vigilancia de la seguridad operacional y prestación de servicios.
18.2.8 El programa de seguridad operacional del Estado para los aeródromos puede considerarse
como que tiene dos componentes: una función de reglamentación y vigilancia de la seguridad operacional,
que siempre será responsabilidad directa del Estado, y un componente de gestión de la seguridad
operacional, aplicado por medio de los SMS de los explotadores de aeródromos.
Enfoques respecto al cumplimiento
de las responsabilidades de reglamentación
18.2.9 Como se indicó en el Capítulo 3, el Estado puede adoptar un papel activo en el desempeño de
sus responsabilidades de reglamentación, que supone una estrecha supervisión de las actividades de los
explotadores de aeródromos relacionadas con la seguridad operacional, o un papel pasivo, en el que se
delega más responsabilidad a los explotadores de aeródromos y el Estado retiene la responsabilidad de
vigilancia. Un sistema de reglamentación del Estado que se sitúa entre los extremos activo y pasivo
presenta considerables ventajas y debería:
a) representar una asignación de responsabilidades equilibrada entre el Estado y el explotador de
aeródromo para una explotación segura del aeródromo;
b) poder justificarse económicamente dentro de los recursos del Estado;
c) permitir al Estado mantener una reglamentación y supervisión continua de las actividades del
explotador de aeródromo sin inhibir innecesariamente la dirección y el control de la organización
ejercidos por el explotador de aeródromo; y
d) resultar en relaciones armoniosas entre el Estado y los explotadores de aeródromos.
18.3 GESTIÓN DE LA SEGURIDAD OPERACIONAL
EN LOS AERÓDROMOS
18.3.1 Tradicionalmente, el Estado era propietario y explotaba los aeródromos. Esto está cambiando
y, cada vez con más frecuencia, los aeródromos se transforman en empresas privadas y la gestión pasa de
los funcionarios de gobierno a administraciones de aeródromos o a entidades privadas. Independiente-
mente de si quien administra el aeródromo es el Estado o una entidad privada, la seguridad operacional
sigue siendo una preocupación fundamental. Un buen SMS puede facilitar la realización de operaciones de
aeronaves seguras en un aeródromo. Sin embargo, la adopción de un SMS no permite pasar por alto la
necesidad de cumplir los SARPS del Anexo 14, Volumen I, y los reglamentos nacionales aplicables. Dentro
del marco del SMS de un aeródromo, la administración del aeródromo debe supervisar las actividades de
todos los proveedores de servicios, arrendatarios, contratistas y otras personas o entidades que hacen que
el aeródromo funcione de un modo más seguro y eficiente.
18.3.2 Un SMS de aeródromo que es eficaz comienza con una empresa que tiene un buen
conocimiento de las actividades de aviación. La administración del aeródromo debe promover una cultura
de seguridad operacional positiva. En parte, esto dependerá de: los recursos dedicados a la gestión de la
seguridad operacional; los mecanismos de retorno de información existentes — y cómo se manejan