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                  interponer  el  recurso  de  apelación,  para  evitar,  violación  al

                  derecho a la defensa, o violación al conducto regular.

                  PARAGRÁFO. El Consejo Directivo determinará, la conveniencia de

                  la  admisión  del  educando  excluido,  para  ser  admitido,  en  el  año
                  siguiente.  Y  notificará  por  escrito  a  los  padres  o  acudientes,  con
                  suficiente antelación.









                  En  todo  caso,  para  nuestro  MANUAL  DE  CONVIVENCIA
                  ESCOLAR, prevalecerá, lo indicado en la Jurisprudencia de la

                  Corte Constitucional.




                  ARTICULO 21. DEL USO DE LOS CELULARES Y
                  DISPOSITIVOS MÓVILES DE COMUNICACIÓN.

                  LEY 2170 DE 2021.



                  Artículo  3°.  De  las  instituciones  educativas.  Corresponde  a  las
                  instituciones educativas, adoptar los lineamientos y reglamentaciones

                  de la presente Ley que, expida el Ministerio de Educación y de forma
                  complementaria, las Secretarías de Educación territoriales.

                  Las  modificaciones  a  los  manuales  de  convivencia  se  harán  en  los

                  términos que establece la Ley General de Educación Ley 115 de 1994,
                  la Ley 1620 de 2013 y, la reglamentación que expida el Ministerio de
                  Educación Nacional.










                    Inteligencias Múltiples
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