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GERENCIA MANUAL DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS Fecha: 25/11/2020
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En caso de que la admisión a trámite de la solicitud pueda ser susceptible de subsanación, se
insta formalmente a la parte solicitante para que se subsane la falta, con indicación de que,
si así no se hiciera, se tendrá por desistida en su petición. Ante este supuesto, la
explícita de la Gerencia. NOTA: El presente documento se distribuye como copia no controlada. La edición en vigor debe consultarse a través del gestor documental del ACRS.
admisión a trámite de la solicitud está condicionada a su subsanación.
Criterios de valoración de las solicitudes por parte de la Oficina de Información o Vicedecano/a
de Estudiantes y Actividades Culturales.
Admitidas a trámite las solicitudes presentadas, se procede al estudio y valoración de las mismas con
arreglo a los siguientes criterios:
Con carácter general, el orden de prelación en la adjudicación de taquillas viene fijado por el riguroso
orden de registro de entrada de la solicitud. Atendiendo a este criterio, es el personal de la Oficina de
Información quien procede a la valoración de las solicitudes y posterior propuesta de resolución en la
adjudicación de taquillas, todo ello condicionado por la disponibilidad de este tipo de recursos.
Con carácter excepcional, y solo en los casos debidamente motivados y justificados mediante
documentación aportada a la solicitud, la petición es elevada al/la vicedecano/a de estudiantes y
actividades culturales para su valoración y posterior propuesta de resolución. Para este supuesto, la
solicitud se valora al margen del procedimiento ordinario y atendiendo a la excepcionalidad de los
motivos que se exponen en la solicitud de reserva.
Resolución de las solicitudes de reserva y adjudicación de taquillas.
Valoradas las solicitudes por la Oficina de Información y por el/la vicedecano/a de estudiantes y
actividades culturales, las propuestas de resolución de ambos procedimientos han de elevarse al Decano
o Decana del Centro para su resolución. La comunicación de la resolución a los estudiantes es llevada a
cabo mediante publicación en el tablón electrónico. En caso de ser desestimada la solicitud, la resolución
debe estar debidamente motivada.
Del sentido de la resolución adoptada por el Decano o Decana, pueden derivarse los siguientes efectos
en el proceso:
Si la resolución es favorable, se adjudica al estudiante una taquilla conforme a las condiciones
establecidas para la reserva. La adjudicación conlleva la asignación de una taquilla con número
de identificación, así como el acto de entrega de la llave. En este supuesto, el estudiante debe
cumplimentar formalmente el impreso AT-asignación de taquilla.
Si la resolución es desfavorable, se deniega al estudiante la adjudicación de una taquilla y, contra
dicha resolución, puede interponerse por el estudiante una reclamación mostrando su
discrepancia o disconformidad. La reclamación se lleva a cabo mediante escrito dirigido al
Decano o Decana del Centro y presentado en cualquiera de las Oficinas de Información del
Centro.
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