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REGLAMENTO GENERAL DE ESTUDIOS DE POSGRADO | 45
del acto en la página web de la respectiva Facultad. La sustentación y
calificación de la tesis o trabajo académico se realizará de acuerdo al pro-
cedimiento respectivo y se registrará en el acta correspondiente.
Artículo 148
La UPG dispondrá la publicación de la tesis o trabajo aprobado en el Repo-
sitorio Institucional como “tesis sustentada” o “trabajo académico susten-
tado”. Si la tesis o trabajo académico es desaprobado por el jurado, la UPG
otorgará el plazo de un semestre académico al candidato al Título de Sub
Especialidad y Segunda Especialidad para reformular su tesis o trabajo
académico e iniciar el proceso para una nueva sustentación. El candidato
que desapruebe en una segunda sustentación perderá la condición de es-
tudiante de posgrado.
Artículo 149
Todas las tesis y trabajos académicos sustentados y aprobados constitu-
yen publicaciones oficiales de la Universidad y serán depositados automá-
ticamente en el Repositorio Institucional, donde estarán disponibles en
acceso abierto, bajo una licencia Creative Commons y con la metadata es-
tablecida por el Repositorio. Todas las Tesis y trabajos académicos deben
incluir la cesión de derechos a nombre de la Universidad. Las excepciones
a la disponibilidad en acceso abierto se indican en el procedimiento res-
pectivo, según la política editorial de la UNMSM.
5.1.6 Proceso de Titulación
Artículo 150
Aprobada la Tesis o Trabajo académico y depositado en el Repositorio Ins-
titucional, el tesista de Sub Especialidad y Segunda especialidad iniciará
el trámite de otorgamiento de Título, según el procedimiento respectivo,
debiendo abonar los derechos y/o tarifas correspondientes de acuerdo al
TUPA.