Page 42 - Cuadernillo Discapacidad
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"padecimien to" y no se encontraba bajo tratamien to médico para controlarlo y "las auto
ridades judiciales no tienen posibilidad de controlar que la demandada siga un tratamien to
o la falta de presencia de agresiones derivadas de su padecimien to o controlar secuelas
del tratamien to farmacológico que requiere". El Tribunal Colegiado concedió el amparo
al padre y ordenó que se dictara una nueva sentencia en la que se concediera la guarda y
custodia de los niños al padre y se otorgaran visitas y convivencias supervisadas a la madre,
al considerar que se encontraba acreditado que la madre ponía en riesgo el desarrollo de
los hijos.
En contra de esto, la madre interpuso recurso de revisión ante la Suprema Corte aludiendo
que no se hizo una correcta valoración de las pruebas ni se ordenó practicar pruebas que
acreditasen si la recurrente tiene conductas o situaciones que perturben el sano desarrollo
de los infantes. Al resolver, la Corte decidió revocar la sentencia y devolver el asunto al
Tribunal Colegiado de conocimien to a fin de que emitiera una nueva resolución en la que
analizara la cuestión de la guarda y custodia bajo un estándar de prueba de escrutinio
reforzado. Esto implicaba confirmar la existencia de un riesgo probable y fundado, me
diante un test en el que verificara que la afectación a los infantes fuera demostrada bajo
un estándar de prueba claro y convincente, que dicho daño no derivara de prejuicios o
estigmatizaciones, o bien, de barreras ambientales que pudieran ser mitigadas por medidas
apropiadas, contempladas como ajustes razonables para equilibrar la condición de disca
pacidad y permitieran auxiliar a la madre en la realización de las responsabilidades
maternas.
Problemas jurídicos planteados
1. ¿Es posible obligar a los progenitores con discapacidad a someterse a un control médico
o farmacológico para contrastar los posibles riesgos en la conducta psicosocial del
progenitor que puede tener como consecuencia una afectación a la integridad de un
infante?
2. ¿En este caso se transgredió el principio a la no discriminación contra una persona con
discapacidad?
Criterios de la Suprema Corte
1. No se puede obligar al progenitor con discapacidad a tomar las medidas de auxilio o
apoyo que se le ofrezcan como opciones para atenuar los riesgos que pudieran atisbarse
contra los menores. El deber de las autoridades judiciales es el de respetar la libertad y la
toma de decisiones del progenitor con discapacidad, así como el de velar por el interés
superior del menor.
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