Page 50 - DERECHO A LA EDUCACIÓN_Version electrónico
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Es fundamental "proveer    Es fundamental "proveer ajustes razonables en el sistema educativo nacional, en tanto a
                     ajustes razonables en el
                   sistema educativo nacional,    través de ellos pueden garantizarse condiciones de permanencia de los educandos dentro
                    en tanto a través de ellos
                      pueden garantizarse   del sistema; de ahí que, como lo refiere la quejosa, resulta importante la creación de un
                  condiciones de permanencia
                  de los educandos dentro del   mecanismo a través del cual pueda solicitarse la práctica de ajustes razonables y se den
                  sistema; de ahí que [...] resulta
                  importante la creación de un
                  mecanismo a través del cual   a conocer a quienes aspiran ingresar al sistema educativo nacional." (Pág. 65, párr. 1).
                   pueda solicitarse la práctica
                    de ajustes razonables y se
                    den a conocer a quienes    "Este mecanismo implica que el personal de la Escuela Primaria a la que acude la menor,
                   aspiran ingresar al sistema
                      educativo nacional."  cuente con información clara y precisa respecto de los ajustes razonables a los que tienen
                                   derecho los educandos, que debe proporcionar a quienes están interesados en ingresar
                                   a la institución; de tal manera que, si así se considera, estén en aptitud de hacer la solicitud
                                   respectiva." (Pág. 65, párr. 3).


                                   "[L]a institución a quien corresponde emitir este mecanismo es la SEP, porque la Ley General
                                   para la Inclusión de Personas con Discapacidad, en el artículo 12, le otorga diversas atri­
                                   buciones a efecto de promover la educación de las personas con necesidades específicas."
                                   (Pág. 65, párr. 5).

                                   "Entre (las) atribuciones se encuentran la de establecer en el Sistema Educativo Nacional,
                                   el diseño, ejecución y evaluación del programa para la educación inclusiva; impulsar la
                                   inclusión de las personas con discapacidad en todos los niveles del Sistema, para lo que
                                   debe desarrollar normas y reglamentos que eviten su discriminación y las condiciones de
                                   accesibilidad en instalaciones educativas, proporcionen los apoyos didácticos, materiales
                                   y técnicos y cuenten con personal docente capacitado; y proporcionar a los estudiantes con
                                   discapacidad materiales y ayudas técnicas que apoyen su rendimiento académico, pro­
                                   curando equipar los planteles con aquellos apoyos que se identifiquen como necesarios
                                   para brindar una educación con calidad". (Pág. 65, párr. 6).



































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