Page 11 - MANUAL SG-SST- HIDROMED 2020
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➢ Política de Seguridad Vial
HIDROMED S.A., establece para todos los conductores y actores de la vía la Política de seguridad vial, que contiene los
lineamientos para regular y controlar los riesgos que se puedan presentar en el desarrollo de las actividades de transporte de
los productos, mensajería, desplazamientos a los proyectos, y demás actividades asignadas en misión por parte de la empresa.
En relación con la regulación de horas de conducción y descanso, HIDROMED S.A., establece el compromiso de:
Planificar los horarios de los conductores programados para entregas y/o ejecución de
proyectos a otras ciudades.
Cuando se trate de viajes largos para realizar despachos o trabajos en campo, el
conductor debe tener un descanso adecuado.
Los conductores deben contar con un acompañante con licencia de conducción vigente
y que cumpla con las mismas condiciones para relevar al conductor principal, en periodos
de 4 horas.
Para los desplazamientos locales los conductores deben prever un rutograma de despachos
y salidas a campo para proyectos.
Utilizar los Elementos de Protección activas y pasivas de los vehículos y
motocicletas.
En relación con la regulación de la velocidad HIDROMED S.A., establece:
Los conductores de la empresa deben cumplir con los límites de velocidad
establecidos en la normatividad vigente (Ley 769 Código Nacional de Tránsito).
80 km/h en carreteras nacionales o departamentales, 60 Km/h en vías urbanas y
carreteras municipales, para algunos corredores de la ciudad de Bogotá D.C., 50
km/h y 30 Km/h en zonas escolares o residenciales.
Se prohíbe conducir bajo los efectos del alcohol o sustancias psicoactivas.
HIDROMED S.A., vigilará la responsabilidad de los contratistas en el mantenimiento y desempeño óptimo de sus vehículos,
estableciendo las medidas de control para evitar la ocurrencia de accidentes que puedan generar daños al individuo, a terceros
o perdidas en los productos transportados.
HIDROMED S.A., Prohíbe a todos los conductores el uso de equipos de comunicaciones móviles mientras se conduce.
HIDROMED S.A., establece el uso obligatorio del cinturón de seguridad para conductores y pasajeros, como se establece en
la normatividad legal vigente. (artículo 82 de la Ley 769 Código Nacional de Tránsito).
El incumplimiento de las obligaciones por parte de los trabajadores a los lineamientos de esta política es causal para la
aplicación de las sanciones establecidas en el Reglamento Interno de Trabajo de HIDROMED S.A.