Page 46 - Reglamento Interno BOUDICA
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Para  el  caso  de  la  basura  electrónica,  está  deberá  depositarse  en  contenedores
                  especiales, los cuales estarán debidamente rotulados y serán dispuestos conforme a la
                  regulación aplicable.

                  El manejo de la basura se hará siguiendo los criterios ecológicos vigentes a la fecha.

                  ARTÍCULO 150. OBLIGATORIEDAD: El presente Reglamento Interno es de observancia
                  general para todos los Condóminos del Condominio BOUDICA por lo que por ningún
                  motivo se podrá infringir en términos del presente capítulo de este Reglamento Interno.

                  ARTÍCULO  151.  RESPONSABILIDAD  DE  CONDÓMINOS:  Los  Condóminos  deberán
                  responsabilizarse de la recolección de la basura dentro de las áreas privativas que les
                  corresponden, la administración del Condómino BOUDICA se hará cargo de la basura
                  de las áreas de uso común del mismo Condominio.

                  ARTÍCULO 152. DEPÓSITO INTERNO DE BASURA: La basura será recolectada por los
                  responsables o propietario de cada unidad, y depositada en los lugares construidos o
                  designados  dentro  del  Condominio  exprofeso  para  ello,  dentro  de  los  horarios
                  establecidos por la administración, en la inteligencia que no se recibirá basura fuera de
                  sus bolsas sanitarias debidamente clasificadas. Todo Condómino, Poseedor, Usuario u
                  Ocupante tendrá la obligación de poner fuera del Condominio, a su exclusivo costo, la
                  basura,  el  cascajo  o  cualquier  sobrante  que  provenga  de  construcciones  o
                  modificaciones  que  efectúe  dentro  de  su  Unidad  de  Propiedad  Privada,  quedando
                  expresamente prohibido depositar estos sobrantes en las áreas comunes, en las áreas
                  comunes  de  uso  asignado  (lugares  de  estacionamiento,  bodegas  o  terrazas),  en  el
                  depósito de basura o en cualquier otra área dentro del Condominio BOUDICA.

                  ARTÍCULO 153. CARGA Y ACARREO A LOS TIRADEROS OFICIALES: La administración
                  se hará cargo de transportar la basura recolectada a los centros de acopio en vehículos
                  que contrate para tal función, y de acarrearla hasta los tiraderos oficiales pagando por
                  cuenta de los Condóminos los derechos de los mismos. Esta recolección incluye la
                  basura de las áreas de común y privativo de los dos Condominios BOUDICA TORRE A Y
                  TORRE B y de sus áreas comunes.

                  ARTÍCULO 154. RESPONSABILIDAD DE LA ADMINISTRACIÓN: Será responsabilidad de
                  la administración vigilar el funcionamiento de los basureros de las áreas de uso común,
                  los  cuales  se  deben  diseñar  para  permitir  la  clasificación  de  la  misma  por  los
                  Propietarios, Residentes y/o Usuarios del Condominio BOUDICA.

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                      DEL PERSONAL CON TAREAS DEL HOGAR REMUNERADAS, CHOFERES, NIÑERAS,
                                                                                            ENFERMERAS
                                                                                            Página 45 de 56
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