Page 46 - Reglamento Interno BOUDICA
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Para el caso de la basura electrónica, está deberá depositarse en contenedores
especiales, los cuales estarán debidamente rotulados y serán dispuestos conforme a la
regulación aplicable.
El manejo de la basura se hará siguiendo los criterios ecológicos vigentes a la fecha.
ARTÍCULO 150. OBLIGATORIEDAD: El presente Reglamento Interno es de observancia
general para todos los Condóminos del Condominio BOUDICA por lo que por ningún
motivo se podrá infringir en términos del presente capítulo de este Reglamento Interno.
ARTÍCULO 151. RESPONSABILIDAD DE CONDÓMINOS: Los Condóminos deberán
responsabilizarse de la recolección de la basura dentro de las áreas privativas que les
corresponden, la administración del Condómino BOUDICA se hará cargo de la basura
de las áreas de uso común del mismo Condominio.
ARTÍCULO 152. DEPÓSITO INTERNO DE BASURA: La basura será recolectada por los
responsables o propietario de cada unidad, y depositada en los lugares construidos o
designados dentro del Condominio exprofeso para ello, dentro de los horarios
establecidos por la administración, en la inteligencia que no se recibirá basura fuera de
sus bolsas sanitarias debidamente clasificadas. Todo Condómino, Poseedor, Usuario u
Ocupante tendrá la obligación de poner fuera del Condominio, a su exclusivo costo, la
basura, el cascajo o cualquier sobrante que provenga de construcciones o
modificaciones que efectúe dentro de su Unidad de Propiedad Privada, quedando
expresamente prohibido depositar estos sobrantes en las áreas comunes, en las áreas
comunes de uso asignado (lugares de estacionamiento, bodegas o terrazas), en el
depósito de basura o en cualquier otra área dentro del Condominio BOUDICA.
ARTÍCULO 153. CARGA Y ACARREO A LOS TIRADEROS OFICIALES: La administración
se hará cargo de transportar la basura recolectada a los centros de acopio en vehículos
que contrate para tal función, y de acarrearla hasta los tiraderos oficiales pagando por
cuenta de los Condóminos los derechos de los mismos. Esta recolección incluye la
basura de las áreas de común y privativo de los dos Condominios BOUDICA TORRE A Y
TORRE B y de sus áreas comunes.
ARTÍCULO 154. RESPONSABILIDAD DE LA ADMINISTRACIÓN: Será responsabilidad de
la administración vigilar el funcionamiento de los basureros de las áreas de uso común,
los cuales se deben diseñar para permitir la clasificación de la misma por los
Propietarios, Residentes y/o Usuarios del Condominio BOUDICA.
CAPÍTULO XIII
DEL PERSONAL CON TAREAS DEL HOGAR REMUNERADAS, CHOFERES, NIÑERAS,
ENFERMERAS
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