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y nunca faltó esta suceston en doce Reyes que reinaron hasta los españoles.
En los curacas, señores de vasallos, hubo diferentes costumbres en la he-
rencia de los estados. En unas provincias heredaba el hijo primogénito, su-
cediendo llanamente de padres a hijos. En otras heredaba el hijo más bien-
quisto de sus vasallos, amado por su virtud y afabilidad, que parece elección,
más que no herencia. Esta ley era freno para que ninguno de los hijos del
curaca fuese tirano mal acondicionado, sino que cada uno de ellos procurase
merecer la herencia del estado y señorío por su bondad y valor, obligando
a los vasallos a que lo pidiesen por señor porque era virtuoso.
En otras provincias heredaban todos los hijos por su antigüedad, que,
muerto el padre, sucedía el hijo mayor y luego el segundo y tercero, etc., y
muertos todos los hermanos, volvía la herencia a los hijos del mayor, y des-
pués a los del segundo y tercero, etc., y así iban en una muy cansada espe-
ranza. De haber oído esta manera de heredar de algunos curacas, se engañó
un historiador español, diciendo que era común costumbre en todo el Perú,
no solamente en los caciques mas también en los Reyes, heredar los herma-
nos del Rey y luego los hijos de ellos, por su orden y antigüedad; lo cual
no hubo en los Reyes Incas, sino en algunos curacas, como hemos dicho.
Las tres diferentes costumbres o leyes que los señores de vasallos en
diversas provincias tenían para heredar sus estados no las hicieron los In-
cas, porque sus leyes y ordenanzas eran comunes y generales para todos sus
reinos. Los curacas las tenían y usaban antes del Imperio de los Incas, y
aunque ellos los conquistaron después, así como no les quitaban los estados,
tampoco les quitaban las costumbres que en su antigüedad tenían, como no
fuesen contrarias a las que ellos mandaban guardar. Antes confirmaron mu-
chas de ellas que les parecieron buenas, particularmente la costumbre de
heredar el estado el hijo más virtuoso y más bienquisto, que les pareció muy
loable, y así la aprobaron y mandaron que se guardase donde se hubiese
usado y donde quisiesen usarla. Y un Rey de ellos hubo que quiso valerse
de esta ley de los curacas contra la aspereza y mala condición del príncipe,
su hijo primogénito, como en su lugar veremos. En un pueblo que está cua-
renta leguas al poniente del Cuzco que yo vi --es de la nación Quechua,
dícese Sutcunca- acaeció lo que se dirá, que es a prooósito de las heren-
cias diferentes de aquella tierra. El curaca del pueblo se llamaba don García.
El cual, viéndose cerca de morirse, llamó cuatro hijos varones que tenía y
los hombres nobles de su pueblo y les dijo por vfa de testamento que guar-
dasen la ley de Jesucristo que nuevamente habían recibido, y que siempre
diesen gacias a Dios por habérsela enviado, sirviesen y respetasen mucho
a los españoles porque se la habían llevado: particulannente sirviesen a su
amo con mucho amor porque les había cabido en suerte para ser señor de
ellos. Y a lo último les dijo: "Bien sabéis que segÚn la costumbre de nuestra
tierra hereda mi estado el más virtuoso y más bienquisto de mis hijos; yo
os encargo escojáis el que fuere tal, y si entre ellos no lo hubiere, os man-
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