Page 142 - DERECHO INDÍGENA Y DERECHOS HUMANOS EN AMÉRICA LATINA (1988)
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Chile

                         Desde 1971 algunas organizaciones indias se pronuncian con respecto a
                  sus derechos territoriales, planteando que  “se reconozcan los títulos de merced
                  sobre las tierras” a la vez que rechazan "los títulos de propiedad individual" y "la
                  ley 14511 sobre propiedad en las reducciones". Exigen su "incorporación real y
                  verdadera a la Reforma Agraria" y proponen "la recuperación legal de las tierras
                  en manos de usurpadores" y "que lodos los conflictos por usurpación de terrenos
                  sean aclarados judicialmente" (Confederación Nacional Mapuche, 1971 y
                  Asociaciones Regionales Mapuches, 1972). Algunos años después manifiestan su
                  aceptación de la Ley de Reforma Agraria de 1967, pero con cambios "para que los
                  mapuches tengan prioridad en las tierras de  Arauco, Bio-Bio, Malleuco, Cautín,
                  Valdivia, Osomo y Llanquishue" y proponen que se termine con "la expulsión de
                  familias de las reservas" (Mapuches Exiliados, 1978 y Declaraciones del
                  Encuentro de Mapuches Exiliados, 1978),  a lo que luego le agregan "que la
                  legislación chilena se abra al concepto  de tenencia de la tierra comunitaria o
                  colectiva" (Comité de Coordinación Mapuche en el Exterior, 1978). Esto último lo
                  retoman tres años después al rechazar "la legislación que autoriza la entrega de
                  títulos individuales de propiedad sobre las tierras comunales" (AD-MAPU, 1981) y al
                  año siguiente rechazan "el desconocimiento de los títulos de Merced" (Declaración
                  Pública de  AD-MAPU, 1982). En 1983 se pronuncian contra "las leyes
                  integracionistas que protegen el robo de nuestras tierras", sobre todo el decreto-
                  ley 2568 de 1979 y el decreto-ley 2750 que reglamenta al interior, porque
                  "persiguen el objetivo de dividir las comunidades mapuches", así como contra el
                  decreto-ley 2885 porque "legaliza los despojos a los indígenas de la isla de
                  Pascua" (AD-MAPU. 1983).

                         Sobre sus derechos políticos se pronuncian de la siguiente manera: "la
                  comunidad debe participar en las decisiones de las autoridades públicas"
                  (Confederación Nacional Mapuche, 1971).  Rechazan "que las leyes las hagan
                  parlamentarios que no escucharon a los mapuches" y "el encarcelamiento y exilio
                  que se nos impone" (Mapuches Exiliados, 1978), lo que reafirman luego
                  denunciando los "encarcelamientos, torturas y exilio arbitrariamente impuestos"
                  por el gobierno (Declaración del Encuentro de Mapuches Exiliados, 1978).
                  También exigen "que los indígenas sean incluidos en la Carta Fundamental de la
                  República" (Resoluciones del Encuentro Mapuche, 1978) y retoman el argumento
                  de consulta proponiendo "que la legislación indígena chilena sea consultada con
                  los mapuches (Comité de Coordinación Mapuche en el Exterior. 1978); dos años
                  después vuelven a afirmar la última proposición (AD-MAPU, 1980).

                         Ecuador

                         También en Ecuador los derechos territoriales ocupan el primer lugar de las
                  preocupaciones indígenas seguidos de los que se refieren a educación y lengua, y
                  luego, al de autodeterminación.






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