Page 9 - 2015 Non-Medical Four Seasons Enrollment Guide Spanish
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Inscripción Abierta 2015
Pérdida de otra cobertura
Si renunció a la cobertura para usted o para un
dependiente elegible porque tenía otra cobertura
médica (incluyendo la cobertura COBRA, Medicare o
Medicaid), puede agregar la cobertura del plan médico
de Four Seasons bajo ciertas circunstancias, entre
otras:
z Su empleador deja de contribuir a dicha cobertura.
z Usted pierde su derecho de recibir dicha cobertura
por razones como el cese de empleo, reducción
del horario laboral, separación legal o divorcio,
muerte o cambio de elegibilidad de dependiente.
z Usted estuvo inscrito en una cobertura HMO y
perdió los beneicios por ya no vivir o trabajar
en el área de servicio de la HMO y no hay otro
paquete de beneicios disponible para usted.
z Tiene un reclamo que cumpliría o superaría el
límite de por vida de todos los beneicios del otro plan. La nueva selección será efectiva a
z El plan ya no ofrece beneicios a la clase de personas al que usted o su partir de la fecha de su inscripción.
cónyuge o pareja doméstica pertenecen. Si no se inscribe dentro del
La pérdida de elegibilidad para la otra cobertura no incluye la pérdida de la plazo de 30 días, por lo general
misma por no pagar las primas oportunamente o la cancelación justiicada no podrá inscribirse hasta el
de la cobertura, por ejemplo por fraude. La pérdida voluntaria de cobertura próximo periodo de inscripción
no se considera un evento de vida caliicado. anual, o antes si tiene un evento
de vida caliicado.
Si usted renunció a la cobertura del plan médico de Four Seasons y pierde
su otra cobertura involuntariamente, puede inscribirse junto con sus
dependientes elegibles en cualquier opción de beneicios. Si usted ya está
inscrito en el plan médico de Four Seasons, puede inscribir a su dependiente
en su selección actual o puede cambiar de selección e inscribirse junto con
su dependiente en una opción diferente.
Debe solicitar la inscripción en el plazo de 30 días después de
la fecha en que termine la otra cobertura (o en que terminen las
contribuciones del empleador)..
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Pérdida de otra cobertura
Si renunció a la cobertura para usted o para un
dependiente elegible porque tenía otra cobertura
médica (incluyendo la cobertura COBRA, Medicare o
Medicaid), puede agregar la cobertura del plan médico
de Four Seasons bajo ciertas circunstancias, entre
otras:
z Su empleador deja de contribuir a dicha cobertura.
z Usted pierde su derecho de recibir dicha cobertura
por razones como el cese de empleo, reducción
del horario laboral, separación legal o divorcio,
muerte o cambio de elegibilidad de dependiente.
z Usted estuvo inscrito en una cobertura HMO y
perdió los beneicios por ya no vivir o trabajar
en el área de servicio de la HMO y no hay otro
paquete de beneicios disponible para usted.
z Tiene un reclamo que cumpliría o superaría el
límite de por vida de todos los beneicios del otro plan. La nueva selección será efectiva a
z El plan ya no ofrece beneicios a la clase de personas al que usted o su partir de la fecha de su inscripción.
cónyuge o pareja doméstica pertenecen. Si no se inscribe dentro del
La pérdida de elegibilidad para la otra cobertura no incluye la pérdida de la plazo de 30 días, por lo general
misma por no pagar las primas oportunamente o la cancelación justiicada no podrá inscribirse hasta el
de la cobertura, por ejemplo por fraude. La pérdida voluntaria de cobertura próximo periodo de inscripción
no se considera un evento de vida caliicado. anual, o antes si tiene un evento
de vida caliicado.
Si usted renunció a la cobertura del plan médico de Four Seasons y pierde
su otra cobertura involuntariamente, puede inscribirse junto con sus
dependientes elegibles en cualquier opción de beneicios. Si usted ya está
inscrito en el plan médico de Four Seasons, puede inscribir a su dependiente
en su selección actual o puede cambiar de selección e inscribirse junto con
su dependiente en una opción diferente.
Debe solicitar la inscripción en el plazo de 30 días después de
la fecha en que termine la otra cobertura (o en que terminen las
contribuciones del empleador)..
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