Page 138 - MANUAL DE CODIFICACIÓN
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9.3 INSUFICIENCIA CARDIACA (FALLO CARDIACO)

                  9.3.1. NORMA GENERAL

                  En  nuestro  ámbito  los  términos  de  insuficiencia  y  fallo  son  equivalentes.  La  CIE-10-ES
                  Diagnósticos clasifica ambos en la categoría I50 Insuficiencia cardiaca atendiendo a dos ejes:


                      ‒  La  especificación  del  componente  izquierdo,  donde  se  incluye  el  edema  de  pulmón
                         relacionado  con  enfermedad  cardíaca,  mediante  la  subcategoría  I50.1  Insuficiencia
                         ventricular izquierda.
                     ‒  La naturaleza del fallo mediante las subcategorías:
                         I50.2 Insuficiencia cardiaca sistólica (congestiva)
                         I50.3 Insuficiencia cardiaca diastólica (congestiva)
                         I50.4 Insuficiencia cardiaca combinada sistólica y diastólica (congestiva)
                         En  estas  subcategorías  el  quinto  carácter  especifica  la  forma  de  presentación  como
                         aguda o crónica.
                  Estos dos criterios no son inherentes ni excluyentes por lo que se utilizará codificación múltiple
                  en caso necesario.


                    Fallo cardíaco agudo izquierdo combinado sistólico y diastólico

                           I50.41 Insuficiencia cardiaca combinada sistólica y diastólica (congestiva), aguda
                           I50.1 Insuficiencia cardiaca izquierda



                  La  no  especificación  de  alguna  de  estas  características  aboca  a  la  codificación  con  I50.9
                  Insuficiencia  cardiaca,  no  especificada  así  como  en  el  resto  de  expresiones  diagnósticas  de
                  insuficiencia/fallo cardiaco: congestivo, biventricular, derecho, compensado o descompensado.



                    Descompensación de fallo cardiaco derecho congestivo

                           I50.9   Insuficiencia cardiaca, no especificada




                  Si el fallo se da en un paciente afecto de una cardiopatía hipertensiva se utilizará el código de
                  combinación correspondiente de la subcategoría I11.0 Enfermedad cardíaca hipertensiva con
                  insuficiencia cardiaca.

                  Análogamente  se  hará  con  las  subcategorías  I13.0  Enfermedad  cardiaca  y  renal  crónica
                  hipertensiva  con  insuficiencia  cardiaca  y  enfermedad  renal  crónica  estadios  1  a  4  o
                  enfermedad  renal  crónica  no  especificada  e  I13.2  Enfermedad  cardiaca  y  renal  crónica
                  hipertensiva  con  insuficiencia  cardiaca  y  con  enfermedad  renal  crónica  en  estadio  5  o  con
                  enfermedad renal en estadio terminal cuando además coexista una enfermedad renal crónica
                  hipertensiva. En ambos casos se consignarán los códigos necesarios que especifiquen el tipo de
                  fallo.









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