Page 25 - 21 UNID COMPENDIO-CUARTA- Circulares interpretativas. Couche brillante 130 gr
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NÚMERO 4
            Sobre cuáles medicamentos antineoplásicos deben considerarse en las constataciones de las características
            relacionadas con el punto de verificación “APQ”. NUEVA
            Deben considerarse todos aquellos fármacos aprobados como antineoplásicos ya sea por el Instituto Chileno de
            Salud Pública (ISP) o alguna Agencia Internacional del Medicamento (Food and Drug Administration de Estados
            Unidos, European Medicines Agency, etc).



                                          VI. ACLARACIONES E INTERPRETACIONES DE
                                  NORMAS DE LAS PAUTAS DE COTEJO SEGÚN CARACTERÍSTICA

                                            ÁMBITO DIGNIDAD DEL PACIENTE (DP)

            Característica  Materia de aclaración o interpretación

            DP 1.1 AC      NÚMERO 1
            DP 1.1 AA      Sobre  la  forma  de  constatar  el  cumplimiento  de  la  exigencia  de  la  característica  DP  1.1,
            DP 1.1 APC     atendida la entrada en vigencia la Ley 20.584.
            DP 1.1 LC      En virtud de lo dispuesto en el Artículo 8° de la Ley N° 20.584, que regula los derechos y deberes
            DP 1.1 CD      que  tienen  las  personas  en  relación  con  acciones  vinculadas  a  su  atención  en  salud  y  la
            DP 1.1 SI      Resolución Exenta N° 605/2012/MINSAL, se estableció el contenido de la “Carta de Derechos y
            DP 1.1 SQ      Deberes de las Personas en relación con la Atención de Salud” y se aprobó el “Manual Técnico
            DP 1.1 SR      que contiene la Normativa Gráfica que establece el correcto uso de la Carta de Derechos y
                           Deberes de los Pacientes en las Instituciones de Salud”.
                           Como  consecuencia  de  tales  normas,  resulta  obligatorio  para  todos  los  prestadores
                           institucionales  e  individuales,  públicos  y  privados,  mantener  en  lugar  público  y  visible  una
                           impresión de la Carta de Derechos y Deberes, de acuerdo a las indicaciones del Manual Técnico
                           antes referido, debiendo asegurarse que todas las personas que acceden a sus dependencias
                           puedan visualizarla.
                           La constatación de esta exigencia se realiza verificando que se cumpla lo descrito en la normativa
                           mencionada.

            DP 2.1         NÚMERO 2
                           Sobre la cantidad de elementos medibles que posee esta característica.
                           Esta característica posee sólo dos elementos medibles :
                           1) Relativo a los documentos  de carácter institucional que en cada Estándar se señalan
                           2) Relativo a la constatación del uso de consentimiento informado en los casos que en cada
                           Estándar se señalan.
                           En  consecuencia,  se  aclara  que  existe  un  error  en  los  ejemplares  de  las  Pautas  de  Cotejo
                           correspondiente Manuales de los Estándares de Acreditación para Atención Cerrada y Abierta.

            DP 2.1         NÚMERO 3
            DP 2.1 APC     Sobre quién debe obtener el consentimiento informado (y por lo tanto quién debe firmar el
            DP 2.1 SI      formulario).
            DP 2.1 SR      Para los efectos del Sistema de Acreditación, resulta aceptable que el consentimiento informado
            DP 2.1 SQ     del paciente en los procedimientos de mayor riesgo señalados en el primer elemento medible,
                           lo obtenga y, por tanto, quien firme el formulario, sea el médico que ejecuta directamente el



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