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5. Los pasajeros
¿Quién debe dar esa autorización? Pues entendemos que, al no decirlo
expresamente la normativa, se necesitará una autorización del Coman-
dante o bien de la Compañía con el Vº Bº del Comandante. En este caso
y de un modo muy restrictivo, si el Comandante considera que debería
hacer un favor especial o por alguna repetición de asiento por error de
facturación, y siempre que el número de pasajeros no sobrepase el lími-
te que establece el certificado de aeronavegabilidad.
Claro que inmediatamente surge la siguiente reflexión: El problema de los
Este Manual es propiedad del Bufete Aeroley. Está prohibida su difusión
trasportines siempre surge al ir lleno el avión. Si va lleno estaría cubierto
el cupo previsto por el certificado de aeronavegabilidad, por lo que sería
imposible, legalmente, llevar a pasajeros con billete en trasportín.
No obstante, creemos que la interpretación que se hace en el caso de lími-
te de pasajeros, puede ser excesiva, si los seguros del avión cubren todos
los asientos, y el entrenamiento de la TCP y las pruebas de evacuación
cubren la máxima posibilidad de pasajeros en el modelo de avión, no en la
versión que tenga la compañía.
(b) Admisión al compartimento de la tripulación de vuelo
(1) El operador garantizará que ninguna persona que no sea un
miembro de la tripulación de vuelo asignado a ese vuelo sea
admitida o transportada en el compartimento de la tripulación de
vuelo, a menos que dicha persona:
(i) Esté de servicio como miembro de la tripulación;
(ii) Represente a la autoridad competente o la autoridad
encargada de las inspecciones y su presencia sea necesaria
para el desempeño de sus funciones oficiales, o
(iii) Su admisión y transporte en la cabina de vuelo sea conforme
a las instrucciones del manual de operaciones.
(2) El Comandante garantizará que:
(i) La admisión en el compartimento de la tripulación de vuelo
no sea causa de distracción o interferencia con la operación
del vuelo, y
(ii) Todas las personas que vayan en el compartimento
de la tripulación de vuelo estén familiarizadas con los
correspondientes procedimientos de seguridad.
(3) La decisión final sobre la admisión al compartimento de la
tripulación de vuelo será responsabilidad del Comandante.
Lo que dice la norma es que solo se admite que puedan ir en la cabina las
personas incluidas en el apartado 1), puntos i) e ii) , si se respetan las nor-
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