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8. La aerona ve
CAPÍTULO 8
LA AERONAVE
8.1 Concepto y regulación
Este Manual es propiedad del Bufete Aeroley. Está prohibida su difusión
Según el Reglamento de Circulación Aérea, aeronave es “toda máquina
que puede sustentarse en la atmósfera por reacciones del aire que no
sean las reacciones del mismo contra la superficie de la tierra”. Según la
LNA, “es toda construcción apta para el transporte de personas o cosas,
capaz de moverse en la atmósfera merced a las reacciones del aire, sea
o no más ligera que éste y tenga o no órganos motopropulsores”.
Las aeronaves, así como los derechos que se constituyan sobre ellos,
quedarán sometidos a la ley del lugar de su abanderamiento, matrícula o
registro (Código Civil, art. 10.2).
Todo lo relativo a los de Transporte Aéreo Comercial, su regulación, su
normativa, su documentación, sus perfomances, etc. está regulado por l
el Reglamento AIR OPERATIONS (Reglto. UE 965/2012) o por el Estado
español, en la siguiente relación:
JAR 21: Procedimientos de certificación y relación de productos y partes
JAR 22: Certificación de veleros y motoveleros
JAR 23: Aviones de las categorías de aeronaves normales, utilitarias, acrobáti-
cas y “commuters”.
JAR 25: Aviones grandes (más de 5.700 Kg).
JAR 26: Requerimientos de Aeronavegabilidad adicionales.
JAR 27: Aeronaves de rotor (helicópteros y autogiros) de un peso máximo de
hasta 6.000 libras.
JAR 29: Aeronaves de rotor (helicópteros y autogiros) de un peso máximo su-
perior a 6.000 libras.
JAR 36: Ruido.
JAR E : Certificación de motores
JAR MMEL-MEL: Master MEL y MEL
JAR P : Certificación de hélices
JAR TSO: Joint Technical Standard Orders.
JAR –APU: APU
JAR-VLA: Ultraligeros.
EU OPS 1: Sólo algunas partes no reguladas por el Reglamento 965
JAR STD: Simuladores (Orden Fom. 2233/2002 de 4 de septiembre)
Rto Air Ops, Partes AOC, MLR, SEC, CAT y Parte SPA
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