Page 46 - Revista Judicial CSJ-Ica -Nelson Martin Pinedo Ob.
P. 46
Corte Superior de Justicia de Ica Revista Jurídica “Jus Liberabit Ica”
43
Es aquí en donde luego de otros tantos las máximas, de modo tal que tu conducta
siglos, en el XVIII aparece uno de los sea digna de constituir ley universal‖; ii)
más grandes filósofos de la historia, y ―Trata a la humanidad como a ti mismo,
más grandes teóricos de la ética, surgen siempre como un fin y nunca solamente
las famosas crítica de la razón pura, como medios‖; y iii) Has que tus
crítica de la razón práctica y crítica del máximas te coloquen siempre como un
juicio de Emmanuel Kant, en cuyo legislador de un reino universal de los
contenido se pasó a estudiar la propia fines‖.
estructura de la razón, que inicialmente
fuera postulada por los escolásticos, a la La crítica de la razón pura concluye con
luz del empleo de la epistemología para una frase legendaria, ―Dos cosas llenan
explicar los problemas de la metafísica, la mi ánimo de admiración y de respeto: el
presencia de la teología, empero por cielo estrellado sobre mí y la ley moral
encima de ello, una teoría sistemática de dentro de mí‖ (Kant. E. 1781),
la ética, con tan poderosa autoridad que pensamiento que como diría Silva (2014),
prácticamente generó una inflexión ―reconstruye, desde la Ética y desde el
luminosa en la historia de la filosofía, que Derecho, el mundo que el maestro había
continúa vigente y sigue siendo aniquilado en su genial Crítica de la razón
interpretada, desmembrada y debatida pura‖ (pp. 771).
hasta nuestros tiempos. Si bien la teoría
ética de la Kant encontraría ciertamente No es intención del autor de este modesto
distanciada de la teoría de la ética de los ensayo, atravesar los infinitos, complejos
escolásticos como Tomás De Aquino; y hasta ciertamente ―hostiles‖ terrenos de
cierto también es que el fin de ambos es la filosofía, ni siquiera de la filosofía
el mismo: Establecer parámetros para la escolástica, ni de la filosofía kantiana o
identificación del buen y mal obrar. cualquier otra filosofía que trate tan
profundamente sobre la ética; no
II. LA ÉTICA KANTIANA obstante, estimamos más que necesario
recordar ciertos postulados de los cuales
El mayor aporte de la teoría ética se sirve la teoría general del derecho, para
kantiana, parte de la teoría del engendrar los conceptos contemporáneos
conocimiento, en donde se reconoció la de esta disciplina –para nosotros ciencia-
existencia de un conocimiento a priori a que aborda un derecho con fuerte
la experiencia –no todos los contenido valorativo.
conocimientos proceden de la
experiencia-, es decir, a la percepción La ley positiva es incapaz de solucionar, a
sensorial; un conocimiento universal que partir de las reglas escritas, todos los
se traduce en principios universales -ello problemas y/o conflictos de la
aun cuando Kant diferenciara las éticas convivencia en sociedad. Sin duda el
empíricas de las éticas formales-, que dan derecho positivo es indispensable –por
lugar a imperativos como pilares ello podemos decir que se constituye
fundamentales de la ética que a su vez como un elemento más del derecho como
debían de mantenerse palpitantes en la ley concepto general- como para formular
humana –como la llamó Tomás-. una teoría del Estado, como para regular
las situaciones, relaciones y
Esos imperativos archiconocidos podrían acontecimientos entre humanos más
resumirse en tres frases: i) ―Obra según importantes, y etc.
“La Justicia es la reina de las virtudes republicanas y con ella se sostiene la igualdad y la libertad”