Page 64 - Revista Judicial CSJ-Ica -Nelson Martin Pinedo Ob.
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Corte Superior de Justicia de Ica                                                                                      Revista Jurídica “Jus Liberabit Ica”
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                  técnica  que  se  utilizó  para  identificar    La    finalidad    del    proceso    así,
                  derechos naturales y definir la ética en la     necesariamente  requiere  del  apoyo  de  la
                  filosofía.  Todo  principio  del  derecho       ética para su prevalencia y logro, requiere
                  procesal es a priori a la ley positiva y por    de  herramientas  palpables  que  tengan  el
                  ende  puede  considerársele  ley  natural;  y   sustento  epistémico  suficiente  para
                  es que aun cuando el proceso judicial sea       superar  cualquier  comparación  entre  la
                  una  creación  del  hombre  para  la            manera idónea de ejercer el principio de
                  composición  de  los  litigios,  al  igual  que   autoridad,  y  la  actitud  despótica  de  lo
                  toda creación materializada en ley, ello no     arbitrario  y  subjetivo.  La  moral  procesal
                  lo  exonera  de  responder  a  los  preceptos   entonces  no  responderá  a  juicios
                  básicos  de  la  justicia  y  la  igualdad,  y   antojadizos del director, puesto que no se
                  otros que rigen la existencia de cada cosa      entenderá  aquella  como  las  convicciones
                  que  se  crea  –recuérdese  los  fines  de  la   morales  del  juzgador,  que  bien  podrían
                  ética-.                                         abarcar   diversos   aspectos    de   su
                                                                  personalidad  y  que  seguramente  no
                  Una  manifestación  de  Leviatán  sería  la     garantizarán  una  decisión  objetiva  e
                  inmoralidad  del  hombre,  el  hombre  que      imparcial;  la  moral  procesal  será
                  obra intencionalmente  mal. El mal obrar        entendida a partir de la sistematización de
                  puede  entenderse,  como  las  conductas        los  aspectos  teleológicos  que  rigen  el
                  contrarias al orden público sustentado en       proceso,  tratándose  a  este  como  un  ente
                  justicia,  contrarias  a  la  moral  social  que   autónomo   que    existe   con    sus
                  también  se  inspira  en  las  más  grandes     particularidades,  las  cuales  deben  ser
                  fórmulas  extraídas  de  la  ley  eterna  –     respetadas por todo sujeto interviniente en
                  convertidas  en  derecho  natural-,  y          un litigio.
                  contrarias  las  costumbres.  El  hombre  ya
                  no  sería  entonces  el  lobo  para  hombre,    El artículo 112 del Código Procesal Civil
                  sino  que  el  hombre  en  realidad  sería  la   no distingue en cuál de los supuestos allí
                  bestia  para  el  hombre  y  el  Estado,  y  las   regulados se enmarca dentro del concepto
                  políticas  que  rigen  a  éste  para  la        de mala fe, y cuál dentro del concepto de
                  convivencia sana.                               temeridad.

                  El Hombre-Leviatán será aquel que lejos         Por ello recalcamos, la mala fe nosotros,
                  de  servir  a  los  fines  del  proceso         podría asimilarse a una conceptualización
                  inspirados en la paz social en justicia,  y     pre-procesal que básicamente incorpora la
                  en  la  composición  adecuada  de  la  litis;   intención    consciente     de     obrar
                  actuará  sólo  movido  por  sus  intereses      contrariamente al  orden  público  –y  si  se
                  individuales,  por  sus  pasiones,  por  el     quiere, contrario a las buenas costumbres-
                  cometido  de  su  fin  planeado  de  manera     , teniendo como instrumentos el arbit, el
                  infiel y desleal, que podría ser el de ganar    engaño, la mentira y análogos.
                  a  costa  de  lo  que  fuere  la  controversia
                  surgida. El Hombre-Leviatán promueve la         La  temeridad  entonces  no  sólo  se
                  inmoralidad procesal a través de las malas      encuentra presente en las fases de trámite
                  prácticas. El Hombre-Leviatán puede ser         procesal a priori a la sentencia, sino que
                  perfectamente  el  abogado  o  el  usuario,     también perdura hasta luego de expedida
                  astutos  o  querulantes          –querellantes   la misma. En otros casos no existe en las
                  patológicos-,  pero  inmorales  al  fin  y  al   fases  anteriores  a  la  sentencia  y  aparece
                  cabo.                                           sólo en la fase de ejecución, y otras veces,




                            “La Justicia es la reina de las virtudes republicanas y con ella se sostiene la igualdad y la libertad”
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