Page 60 - Revista Judicial CSJ-Ica -Nelson Martin Pinedo Ob.
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Corte Superior de Justicia de Ica                                                                                      Revista Jurídica “Jus Liberabit Ica”
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                                                                  celebración  del  contrato.  Asimismo,
                  COMENTARIO RELEVANTE DEL AUTOR                  presentó múltiples acuerdos suscritos por
                  Entonces  la  oralidad  bien  utilizada  no  sólo   el  padre  de  X  como  accionista  de
                  educa y esclarece, sino también legitima.       determinada    empresa     dedicada    al
                                                                  transporte  público,  posterior  a  la
                  Hasta esta parte de nuestra investigación,      celebración del contrato de compra-venta.
                  tal  vez  para  los  más  pragmáticos  todo     También presentó un reporte del registro
                  podría  ser  concebido  como  mera              de propiedad vehicular, en el que aparecía
                  demagogia; es por eso que para completar        que el padre de X compró una camioneta
                  las  ideas  plasmadas  con  la  mayor           de marca alemana, nuevamente en  fecha
                  modestia  y  humanidad  posible,  me  he        posterior  a  la  celebración  de  la  compra-
                  permitido  traer  a  colación  algunos  casos   venta.  La  defensa  presentó  también
                  reales  –sin  hacer  alusión  a  algún          fotografías   de   un    evento    social
                  expediente  judicial  en  concreto-,  en        aparentemente reciente, en donde se le ve
                  donde se presentaron actuaciones de mala        al  padre  de  X  bailando  –pese  a  que  el
                  fe, temerarias y/o abusivas de derecho, y       supuesto diagnóstico de multiinfarto, fue
                  luego pasaré a proponer de qué manera el        emitido hace más de 5 años de la fecha de
                  juez  puede  –a  través  de  la  oralidad-      presentación de la demanda-. Finalmente,
                  hacerles frente y sancionarlas.                 el  demandado  ofreció  la  práctica  de  una
                                                                  pericia   por   dos   médicos    de    la
                  1.-  Caso  1°,  sobre  la  mala  fe:  “La       especialidad,  al  padre  de  X,  a  fin  de
                  nulidad de un acto jurídico válido”.            determinarse     su     capacidad     de
                  Un demandante X interpone una demanda           discernimiento.
                  de nulidad de acto jurídico respecto de un
                  contrato  de  compra-venta  de  bien            Proceder  del  Juez:  Ante  tamaña
                  inmueble      que     había    celebrado        apariencia,  respecto  a  que  la  demanda
                  válidamente,  entre  el  padre  de  X  con  el   estaría  motivada  por  un  ánimo  doloso  –
                  demandado,  no  obstante,  para  ello           malintencionado-,  el  iudex,  al  momento
                  previamente valiéndose de la fabricación        de  citar  a  una    ―audiencia  preliminar‖,
                  ilegítima  de  medios  de  prueba,  X           puede  preguntarle  bajo  juramento  al
                  pretendió  demostrar,  en  contubernio  con     demandado, si se ratifica en su demanda,
                  su padre, la incapacidad absoluta de éste,      que  como  pareciera,  tendría  como
                  como sustento de la exigencia prevista en       respaldo      probatorio,      elementos
                  el artículo 219 inciso 2) del Código Civil.     presuntamente  fraudulentos,  lo  propio
                  Los  medios  de  prueba  falsificados           hará  con  el  abogado,  quien  puede  o  no
                  constituían   certificados   médicos,   y       ratificarse en el patrocinio. De ser el caso,
                  constancias  de  una  clínica  especializada,   y  el  demandante  y  abogado  decidieran
                  que  determinaban  el  diagnóstico  de          continuar, el juez podrá advertir, que si se
                  multiinfarto   cerebral   derivado    del       determinase que el padre del demandante
                  Alzheimer,    supuestamente    expedidos        no padece o no padeció de la enfermedad
                  antes  de  la  celebración  del  contrato  de   de Alzheimer, antes de la celebración del
                  compra-venta  aludido.  La  defensa  como       contrato  de  compra-venta;  se  les
                  es lógico, contradijo dicha teoría del caso,    impondrá  la  máxima  sanción  coercitiva
                  y  presentó  como  medio  de  prueba,  el       pecuniaria,  sin  perjuicio  de  remitirse
                  registro  migratorio  del  padre  de  X,  de    copias  al  Colegio  de  Abogados  y  al
                  donde se apreciaba que éste había viajado       Ministerio  Público  por  la  presunta
                  a 4 lugares  en el  extranjero, luego de la     inconducta  del  actor  y  la  de  su  abogado




                            “La Justicia es la reina de las virtudes republicanas y con ella se sostiene la igualdad y la libertad”
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