Page 65 - Revista Judicial CSJ-Ica -Nelson Martin Pinedo Ob.
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Corte Superior de Justicia de Ica                                                                                      Revista Jurídica “Jus Liberabit Ica”
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                  existe  sólo  en  las  primeras  fases  y  por   La  mala  fe,  la  temeridad  y  el  abuso  de
                  resignación o persuasión no aparece en la       derecho,  propician  la  anarquía  y  el
                  ejecución.  Si  el  objeto  del  proceso  es  el   desorden. Son el despliegue de una serie
                  de componer litigios  de manera justa;  la      de  conductas  tendientes  a  satisfacer
                  temeridad  procesal  busca  la  más  fétida     únicamente     intereses    individuales.
                  descomposición del  mismo.  Sin  duda un        Responden  sólo  a  las  pasiones  humanas
                  sin  número  de  supuestos,  empero             del  sujeto  procesal.  Esa  tipología  de
                  concretamente, para nosotros la temeridad       malas  prácticas  es  la  que  despierta  a  la
                  es intraprocesal.                               bestia del hombre en el proceso. Aparece
                                                                  Leviatán  con  ganas  de  generar  la
                  El  Hombre-Leviatán,  entonces,  ante  un       aniquilación  del  litigio,  con  ganas  de
                  problema  surgido  previo  de  un  litigio      generar  caos  y  destrucción  en  la
                  judicial,  sea  como  actor  o  como            contienda.   No    hay   enemigo    más
                  accionado, actúa de mala fe cuando antes        antagónico  del  proceso,  que  el  mismo
                  del   proceso,   produce    ilegítima   o       sujeto, el hombre o también llamado parte
                  ilegalmente  pruebas,  planea  estrategias      procesal,  que  desconociendo  y  violando
                  tendientes  a  distorsionar  o  deformar        la télesis y los principios que gobiernan la
                  maquiavélicamente la verdad de la causa         creación  de  tan  majestuoso  instrumento,
                  petendi, introduce pretensiones o defensas      sólo pretende profanarlo.
                  sin  mayor  sustento  jurídico,  entre  otras
                  cosas. Pero ese mismo  Hombre-Leviatán          Hoy  tenemos  un  ordenamiento  procesal
                  ante  la  existencia  viva  del  proceso        que  permite  la  oralidad  sustentada
                  judicial,  actúa  con  temeridad  procesal      innegablemente  en  el  principio  de
                  cuando     genera    incidentes   –como         inmediación.  Tenemos  un  ordenamiento
                  nulidades-  y  plantea  recursos  sin           procesal  que  establece  que  el  juez  es  el
                  propósito  lícito  o  moral  alguno,  sin       director  del  proceso.  Tenemos  un
                  fundamento  jurídico  que  los  ampare,         ordenamiento  procesal  que  permite  la
                  recusa,  queja  y  demanda  al  magistrado      elasticidad  de  las  formas  para  la
                  justo  y difícil de engañar  y/o  manipular,    consecución  de  los  fines  del  proceso,
                  que  eventualmente  no  le  dará  la  razón,    respetándose  las  garantías  mínimas.  En
                  plantea  incluso  acciones  ex  post  al        sumo tenemos  un ordenamiento  procesal
                  proceso,  dirigidas  a  conseguir  su           que  se  encuentra  diseñado  para  que  el
                  anulación; entre otras.                         proceso  cumpla  su  fin  abstracto  que  le
                                                                  permite  militar  entre  las  ramas  del
                  Fernández de León (1955) señala: ―desde         Derecho Público.
                  el  punto  de  vista  jurídico,  abuso  es  el
                  hecho  de  usar  de  un  poder  o  facultad,    Pero la oralidad  –creemos- es  el  insumo
                  aplicándolos a fines distintos de aquellos      perfecto  que  respaldada  por  los  demás
                  que  son  ilícitos  por  naturaleza  o          principios guardianes del debido proceso
                  costumbre‖. Entendemos así, que el abuso        civil,  puede  hacerle  frente  a  la
                  de  derecho  en  el  campo del  litigio civil,   inmoralidad de la bestia. La oralidad será
                  no  será  otra  cosa  que  el  ejercicio        utilizada  no  sólo  para  denegar  con
                  malintencionado  de  aquellos  derechos         categoría   informada     los    pedidos
                  sustantivos  o  procesales,  cuya  finalidad    emanados de la inconducta pura, sino que
                  no se ajusta a los insumos que le dieron        principalmente  servirá  para  que  el  iudex
                  origen.                                         con la autoridad de la certeza –luego del
                                                                  debate  y  la  comunicación  oral-  imponga




                            “La Justicia es la reina de las virtudes republicanas y con ella se sostiene la igualdad y la libertad”
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