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Corte Superior de Justicia de Ica Revista Jurídica “Jus Liberabit Ica”
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judicial, actúa con temeridad procesal servir para realizar la injusticia; no
cuando genera incidentes –como pueden ser apartados de su vía
nulidades- y plantea recursos sin regular; de hacerlo así, sus titulares
propósito lícito o moral alguno, sin no los ejercerían verdaderamente,
fundamento jurídico que los ampare, sino que abusarían de ellos,
recusa, queja y demanda al magistrado cometerían una irregularidad; un
justo y difícil de engañar y/o manipular, abuso de derecho del que serían
que eventualmente no le dará la razón, responsables con relación a las
plantea incluso acciones ex post al víctimas posibles‖.
proceso, dirigidas a conseguir su
anulación; entre otras. Por su parte Fernández de León (1955)
señala: ―desde el punto de vista jurídico,
4.- Abuso de derecho: abuso es el hecho de usar de un poder o
facultad, aplicándolos a fines distintos de
Si de por sí existe una dificultad para aquellos que son ilícitos por naturaleza o
diferenciar entre las inconductas de mala costumbre‖. Entendemos así, que el abuso
fe y las de temeridad, viene otra categoría de derecho en el campo del litigio civil,
ha ―complicar‖ más desde la teoría no será otra cosa que el ejercicio
nuestra investigación. El Código Civil malintencionado de aquellos derechos
Peruano del año 1984, establece en su sustantivos o procesales, cuya finalidad
artículo II lo siguiente: ―La ley no ampara no se ajusta a los insumos que le dieron
el ejercicio abusivo de un derecho (…)‖. origen.
Este ejercicio abusivo de un derecho se
encuentra proscrito por las fuentes que Por tanto, es abusivo jurídicamente, aquel
inspiran el concepto de derecho mismo, y que demanda alimentos con la única
como tal se irradia a las normas finalidad de generar un gravamen social
sustantivas –como aparece del CC-, pero en contra del accionado, que
también se ve impregna tal proscripción, eventualmente cumple de manera más
al campo del Derecho Procesal, - que satisfactoria con su obligación
nuevamente- al campo del proceso civil. alimentaria respecto del alimentista, y que
además cumple con el rol moral que
Ahora, sobre abuso de derecho desempeña en su entorno familiar. El
Josserand (1950) señala: ordenamiento aquí no plantea sanciones
de rechazo de la demanda, aun cuando se
―Los derechos si pueden ser pudiera probar la intención desleal del
utilizados, no es en atención a un demandante.
objeto cualquiera, sino únicamente
en función de su espíritu, del papel También es abuso en el lado de la parte
social que están llamados a resistente, aquel que habiendo sido
desempeñar: no pueden ser demandado por la resolución de un
legitimados sin más sino a contrato de compra-venta de bien
sabiendas, para un fin legítimo y inmueble, por incumplimiento del mismo
por razón de un acto legítimo. Por (art. 1428 del CC), interpone una
ejemplo, no podrían ser puestos en excepción de incumplimiento (art. 1426
ningún caso al servicio de la del CC) como argumento de defensa de
malicia de la mala fe, de la voluntad fondo, debido a que el actor no ha
de perjudicar al prójimo, no pueden cumplido con la totalidad de sus
“La Justicia es la reina de las virtudes republicanas y con ella se sostiene la igualdad y la libertad”