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Reglamento,  que  más  que  referenciales,  son   alcance local, regional, multiregional y nacional
                disposiciones  de  carácter  obligatorio  para  el   o  sus  modificatorias  se  realiza  a  través  de  un
                titular  minero ya  que  la  autoridad  ambiental   procedimiento  administrativo tramitado  ante
                competente  no  admitirá  a trámite  ni  evaluará   la  autoridad  am biental  com petente,  el  cual
                el  estudio ambiental  y  modificaciones que  no   siempre, y en todos los casos, es de evaluación
                cumplan con el contenido y la estructura de los   previa, porque se trata de instrumentos ambien­
                TdR Comunes.                                 tales  complejos  propios  de  actividades de  la
                                                              industria minera que generan impactos ambien­
                Los TdR  Comunes  permiten  al  titular  minero   tales negativos moderados o significativos que
                conocer de  antemano  la  estructura,  conteni­  requieren de la evaluación de los profesionales
                do y alcance bajos  los cuales debe elaborar el   de la autoridad ambiental competente.
                estudio ambiental  por lo que, bajo el  presente
                supuesto,  es  innecesaria  la  aprobación  de  los   El  proceso de aprobación  de los estudios am­
                TdR del estudio ambiental, como procedimiento   bientales  contempla  mecanismos y  procesos
                administrativo previo a la aprobación del estu­  de  participación  ciudadana  que  se  presentan
          Revista  editada  por alum nos  de  la  Facultad  de  Derecho  de  la  Universidad  de  Lima
                dio ambiental.                               antes y durante la elaboración  de los estudios
                                                             ambientales y durante la evaluación de los es­
                Por el contrario, en el caso de los proyectos con   tudios ambientales. La elaboración de los ElA-
                componentes o actividades que tienen  carac­  sd o ElA-d comprende para el titular minero, la
                terísticas  especiales,  no  hay TdR  previamente   obligación de presentar el Plan de Participación
                aprobados, el titular minero tiene la obligación   Ciudadana  conteniendo  los  mecanismos  de
                de elaborarlos y someterlos a la aprobación de   participación ciudadana a  realizar previos a  la
                la  autoridad  ambiental  competente,  constitu­  presentación -es decir antes y durante la elabo­
                yéndose la aprobación de los TdR Específicos del   ración- del ElA-sd o ElA-d o sus modificaciones
                estudio ambiental en el paso previo obligatorio   para su aprobación por parte de la DGAAM.
                a la aprobación del estudio ambiental.
                                                              En ese sentido, para poder iniciar el procedimien­
                Las  características  especiales  de  dichos  pro­  to de evaluación  de  los  estudios ambientales,
                yectos  son  de  dos  tipos:  (i)  ecosistemas frá­  el  titular del  proyecto  debe  acreditar,  cuando
                giles  o  áreas  vulnerables  declaradas  por  la   menos, la realización de un taller participativo, así
                autoridad  competente  -ANP,  glaciares,  etc-,   como cualquier otro de los mecanismos de parti­
                (ii)  proyectos  con  componentes  o actividades   cipación ciudadana previstos en el artículo 2 de
                que comprendan o impliquen: a) El drenado o   la Resolución Ministerial N° 304-2008-MEM-DM,
                trasvase de lagos o  lagunas, b)  La explotación   antes y durante la elaboración del ElA-d o ElA-sd.
                de minerales radioactivos, c) El reasentamiento,
                desplazamiento o  reubicación  involuntaria  de   Presentado el  estudio ambiental,  la autoridad
                una  población, y d)  Procesos de fundición y/o   ambiental competente realiza su revisión, verifi­
                sinterización que emitan dióxido de azufre, y (iii)   cando el cumplimiento de los términos de refe­
                a requerimiento del titular del proyecto, la Direc­  rencia comunes o específicos, evalúa el Plan de
                ción General de Asuntos Ambientales Mineros   Participación Ciudadana, el Resumen Ejecutivo y
                -en adelante "DGAAM"- o el Servicio Nacional   los requisitos de admisibilidad. De estar confor­
                de Certificación Ambiental para las Inversiones   me o subsanadas las observaciones, se admitirá
                Sostenibles  -SENACE,  cuando  corresponda,   a trámite el estudio ambiental. Posteriormente,
                antes de la presentación del estudio ambiental.  el titular del proyecto ejecutará los mecanismos
          AD VO C ATU S  135   VIII.  EL PROCEDIMIENTO DE APROBACIÓN   obligatorio el desarrollo de la audiencia pública.
                                                              de participación ciudadana aprobados, siendo

                    DEL ESTUDIO AMBIENTAL
                                                              Resulta también importante dentro del proce­
                La  aprobación de los  estudios ambientales de
                proyectos  mineros  de  las  categorías  II  y  III  de  dimiento de aprobación del estudio ambiental,
                                                             formular y  recibir  opiniones  técnicas  de  las



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