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Como es evidente,  los "costos del  gas  natural"   se aplica a los proyectos del Nodo Energético.
                  a  los  que  se  refiere  la  disposición  citada  solo   Para  tales efectos, el Ministerio de Energía y
                  pueden  hacer referencia a  los costos unitarios   Minas  aprobará  el mecanismo  de compen­
                  de la cadena, salvo el transporte que tiene un   sación  relativo al costo  fijo  de los contratos
                 tratamiento especial.                             de  transporte  de  gas  natural a  firme,  que
                                                                   no  es  asumido por la  generación  eléctrica
                  Por  tanto,  los  alcances  con tem p lad o s  en  la   existente p o r razones de d espa cho dispuesto
                  Resolución Ministerial  respecto de la compen­   por el COES:
                 sación del costo del  gas natural y distribución
                 que no estén relacionados con el costo en boca   Como  observarem os  en  el  caso  que  la  Ley
                 de pozo y respecto de la tarifa de distribución   hubiera considerado establecer una  compen­
                  propiamente, exceden los alcances previstos en   sación respecto de las condiciones comerciales
                  la Ley 29970, por lo que devienen en ilegales.  relacionados con  el  Take  or Pay para  el  sumi­
                                                               nistro de  gas natural o del Ship oy Pay para el
                 Sostenemos  que  para  el  caso  de  la  com pen­  caso de la distribución, su alcance sería similar
            Revista editada  por alumnos de  la  Facultad  de Derecho de la  Universidad de Lima
                 sación  del  transporte  de  gas  natural  se  tiene   al previsto para el caso del transporte en la Ley
                  un  tratamiento  distinto  en  la  medida  que  se   29970, pero no lo ha contemplado bajo el mis­
                  reconoce  una  compensación  por condiciones   mo alcance, por lo cual mediante la Resolución
                 comerciales -Ship or Poy- o contratación en fir­  Ministerial  no  se  puede  establecer  aspectos
                  me, conforme se desprende del artículo 5 de la   no previstos  en  la  ley, y menos  si tales alcan­
                  Ley y de la Primera Disposición Complementaria   ces  afectan  directam ente  el  patrim onio  de
                 del Decreto Supremo N° 005-2014-EM:           los  usuarios finales que hacen  uso de energía
                                                               eléctrica proveniente del SEIN y deben asumir
                      "Artículo 5. Desconcentración  de la  Genera­  tales costos.
                     ción Eléctrica.
                                                               Asimismo,  ni  en  la  Ley  ni  tam poco  en  sus
                     El Ministerio  de  Energía y  Minas  define  un   disposiciones  de  desarrollo  se  contem plan
                     mecanismo  de  compensación  de los  costos   que  la  compensación  alcanza  a  los  aspectos
                     del gas  natural que propicia  la  instalación   comerciales  de  suministro  y  distribución  del
                     de generadores eléctricos en el norteysurdel   gas natural.
                     país, con el objeto de desconcentrar la gene­
                     ración eléctrica en la zona central. Los costos   Así, en el numeral 2) de la tercera de las Disposi­
                     se compensan con los ingresos provenientes   ciones Complementarias del Decreto Supremo
                     de  un  peaje  adicional al Sistema  Principal   N° 038-2013-EM, se contempla lo siguiente:
                     de  Trasmisión,  el cual se puede expresar en
                     unidades  de potencia y/o  energía.  En  caso   “2.  De acuerdo con  el artículo 5.1  de la  Ley
                     se requieran contratos a firme de transporte   N° 29970,  el Adjudicatario  contará  con  un
                     de gas  natural para  favorecer el desarrollo   m ecanism o  de  com pensación  del precio
                     del Nodo  energético  del sur,  el costo  fijo  de   del gas natural, el cual incluye el suministro
                     dichos  contratos,  que no  es asumido por la   de  gas  en  boca  de pozo,  el  transporte y  la
                     generación  existente,  es  asumido  también   distribución por red de ductos. El mecanismo
                     por el Sistema  Eléctrico Interconectado  Na­  de compensación se paga a  través del Car­
                     cional -SEIN".                                go por Desconcentración  de la  Generación
                                                                   Eléctrica".
            A D V O C A TU S  135   Complementaria del Decreto Supremo N° 005-   El mismo alcance que se ha previsto en el Decre­
                 Bajo el mismo alcance, en la Primera Disposición

                 2014-EM, se contempla lo siguiente:
                                                               to Supremo N° 038-2013-EM se ha considerado
                                                               en  los Contratos de Compromiso de  Inversión
                     "El alcance de lo previsto en el último párrafo
                                                               en  cuyo numeral 2) del  literal  B)  -Condiciones
                     del numeral 5.1 del artículo 5 de la Ley 29970
                                                               de Operación-, contempla lo siguiente:


          196    B  r  u  n  o     F  e  r  n  a  n  d  o     V  e  g  a     N  ú  ñ  e  z
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