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una de 500 M W (+/- 20%), ambas dentro de la del gas natural -Take or Pay- y las condicio
zona de influencia del GSP. nes com erciales para la contratación de la <
distribución de gas natural -Sh ip or Pay- que u
En dicho Concurso Internacional, el factor de no corresponde y que por lo m ism o d eb e ser UJ
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com petencia para adjudicarse el desarrollo corregida en el corto plazo. l/>
UJ
de cada central consistió en la oferta más baia
DERECHO
de un precio en el carao de potencia. Tenien El mandato de la Ley 29970 tenía por objeto MINERO,
AMBIENTAL
Y DE LOS
do en cuenta ese esquema, las Centrales del que las centrales del Nodo Energético pudieran RECURSOS
ENERGÉTICOS
proyecto fueron adjudicadas a las empresas tener opciones de competir con las centrales del
Enersur S.A. -subsidio de 5,750 USD/MW-mes- centro del país, esto es que debería permitírse
y Samay I -subsidio de 6,899 USD/MW-mes-, les que se igualen los costos relacionados a la
suscribiéndose ambos Contratos el día 20 de generación que use gas natural. Sin embargo,
enero de 2014. con la Resolución Ministerial se genera un reco
nocimiento de costos a favor de las centrales del
LO
El 7 de febrero de 2014 mediante Decreto Supre Nodo excediendo lo previsto en la ley en men LU
mo N° 005-2014-EM, se aprobó el Reglamento ción, costos que se trasladarán a los usuarios y, <
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de la Ley 29970 en lo referido al Sistema Inte por lo mismo, nos extraerán rentas que no han O
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grado deTransporte de Hidrocarburos en el cual sido previstas por mandato de la ley. <
se abordan aspectos relevantes relacionados
con los mecanismos de compensación de los Adicionalmente, no menos importante, genera
costos de la cadena de gas natural conforme que algunas de las centrales de generación
se desprende de la parte considerativa y en la basadas en gas natural, que en su momento se
Primera Disposición Complementaria de este sujetaron plenamente a las condiciones de la
Reglamento. En este último solo se considera industria del gas natural sin recibir compensa
los alcances para la compensación de los costos ciones o subsidios por parte del SEIN, estarán en
fijos del transporte de gas natural. condiciones de competitividad desventajosas
respecto a la centrales del Nodo, debido a la
Finalmente, el 1 de abril de 2016, fue publicada intervención del Estado al generar subsidios
en el Diario Oficial El Peruano la Resolución sobre los costo del gas natural y distribución
Ministerial N ° 124-2016-MEM-DM -en ad e consistente en la Compensación por los costos
lante "Resolución Ministerial"-, que aprobó el fijos relacionados por el Take or Pay y el Ship or
mecanismo de com pensación de costos de Pay respectivamente.
gas natural para generación eléctrica al que se
refiere la Ley 29970 pero que excede en cuanto Estas transgresiones a la Ley 29970 y que gene
a reconocer los costos fijos relacionados con el ran gran distorsión entre las empresas de gene
suministro -Take o rPay- y de la distribución de ración eléctrica, se desarrollan a continuación:
gas natural -Ship or Pay-, los cuales exceden
los alcances contemplados para efectos de la 1. Ilegalidad del subsidio de los precios en
Compensación prevista en el numeral 5.1 del parte de la cadena de gas natural. _j
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artículo 5 de la Ley 29970. II.
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De acuerdo a lo señalado por el numeral 5.1 del
II. ANÁLISIS artículo 5 de la Ley 29970: £
Como expondremos a continuación, la Reso "El Ministerio de Energía y Minas define un
lución Ministerial contraviene lo previsto en mecanismo de compensación de los costos
la Ley 29970 e introduce una distorsión en del gas natural que propicia la instalación
cuanto al pago de cargos para la viabilidad de generadores eléctricos, en el norte y sur
de las centrales del Nodo Energético del Sur del país, con el objeto de desconcentrar la
respecto a la Compensación de las condicio generación eléctrica en la zona central".
nes com erciales relacionados con el costo (Énfasis nuestro).
Cuando el Estado promueve distorsiones e ineficiencias en la generación eléctrica a costa de la demanda eléctrica nacional