Page 194 - Edición N° 35
P. 194
La concesión es el acto constitutivo utilizado yectar un asentamiento urbano, el acto de la
por el Estado, en ejercicio de su soberanía, para Administración que autoriza su ejecución se <
entregar a los particulares, por tiempo deter suele denominar habilitación urbana; cuando u
minado y bajo condiciones que garanticen el se trata de construir una edificación se le llama L L I
Q.
interés público, el aprovechamiento de ciertos licencia de construcción; si el ciudadano quiere I/)
bienes públicos o el establecimiento y/o desa oscurecer los vidrios de su carro obtiene un
DERECHO
rrollo de la prestación de servicios públicos que permiso de lunas polarizadas; si desea imprimir MINERO,
AMBIENTAL
Y DE LOS
el Estado no está en condiciones de desarrollar sus boletas o facturas gestiona una autorización RECURSOS
ENERGÉTICOS
o no considera conveniente hacerlo, porque de comprobantes de pago; pero en todos estos
desviaría recursos y capacidades requeridas casos estam os aludiendo al levantam iento
para otras actividades de provecho social no de una prohibición relativa luego de que el
cubiertas por los particulares. ciudadano acreditó cumplir con los requisitos
legales para ejercer su derecho prexistente, es
De otro lado, el acto administrativo declarativo decir, nos referimos a un título habilitante, y si
1/1
por el cual el Estado, en ejercicio de su sobera se usan denominaciones diferentes no es por U J
—i
nía, levanta o remueve un obstáculo o impedi que tengan diferente naturaleza. <
Z
mento que la norma legal ha establecido para el O
u
ejercicio de un derecho particular preexistente En suma, un título habilitante es el acto m e <
z
se denomina, indistintamente, autorización, diante el cual la Administración constata la i-o
permiso, licencia o habilitación; en otros térmi inexistencia de razones de orden público que U J
CC
O
nos, es una decisión administrativa habilitante impidan el inicio y desarrollo de la actividad, en l_
3
o el alzamiento, en el caso concreto, de una otros términos, el título habilitante constituye <
prohibición relativa. Por lo tanto, no determina la técnica de comprobación de la satisfacción
el nacimiento de un nuevo derecho a favor de de los requisitos previstos por la legislación,
un particular, sino que constituye un medio previa al m om ento en el que el particular
adecuado para el ejercicio de las funciones de puede iniciar lícitamente la actividad. Existe en
policía administrativa, es decir, la atribución aquellos casos en que el inicio de la actividad
del Estado que lo faculta para afectar los dere se encuentra prohibido ex ante. Sin título ha
chos de los particulares con el fin de asegurar bilitante el inicio y el desarrollo de la actividad
principalmente el orden público para la vida en es antijurídico. Es el caso de la conducción de
común, vale decir, el ordenamiento ambiental, vehículos automotores, realización de espec
económico y social -ambiente sano, tranquili táculos públicos, construcción de edificaciones
dad, salud y seguridad públicas, etc. - e infraestructura, funcionamiento de locales
comerciales e industriales; licencia de explosi
Si esto es así, cuando por ley se ha establecido vos -autoriza adquirir, transportar, almacenar
que un recurso natural es de dominio público, y usar-, de caza, etc.
la manera correcta de entregar el aprovecha
miento del mismo a los particulares-por tiempo La diferencia entre concesión y los actos de
determinado y bajo condiciones que garanticen permisión son evidentes, por ello no deja causar
<
el interés público- sería la concesión. extrañeza su confuso uso en nuestro ordena
U
miento. Veamos: U J
Q-
1/1
Ahora bien, si se trata simplemente de remover U J
un obstáculo o impedimento para ejercer un a) Usamos los términos autorización, permiso,
derecho que ya tenía el ciudadano, entonces licencia o habilitación como si expresaran
LO
corresponde expedir un título habilitante, al conceptos distintos -como el Decreto Ley fO
que podemos llamar, indistintamente, autori 25977, Ley de Pesquería-, bastaría con §
zación, permiso, licencia o habilitación; pues decidirse por uno de ellos y asignarlo para
s
no son cosas diferentes, sino distintas maneras todo aquel acto de la Administración diri
§
de llamar a lo mismo; así por ejemplo, si se ha gido a la comprobación de la satisfacción Q
cumplido con los requisitos de ley para pro de los requisitos previstos por la legislación
D e s a t i n o s d e l a n o r m a t i v a a m b i e n t a l j 9 1