Page 250 - Edición N° 35
P. 250

pretendan  derivar derechos o beneficios del   Sobre este punto, De la  Puente10 señala que el   <
               contrato, según sus términos".            concepto  de  parte  no  es tan fácil  de explicar.
                                                                                                             c c
                                                         Ante  una  primera  posición  que  identifica  la
           Este  precepto  no  posee  concordancia  ni  an­  noción de parte a  la  del sujeto del acto, surge
           tecedente dentro de  la  normativa  nacional  ni   la tendencia moderna de prescindir de los suje­  O
                                                                                                             O
           extranjera. Desde el punto de vista legislativo, el   tos y referirse, más bien, a lo que se denomina
                                                                                                       DERECHO
           artículo 14 de la Ley de Arbitraje es una novedad8.  centro de  interés.  En tal  sentido,  la  parte es el   MINERO.
                                                                                                      AMBIENTAL
                                                                                                       Y DE LOS
                                                         centro  en  el  cual  recaen  los  intereses  que  se   RECURSOS
                                                                                                     ENERGETICOS
           Como bien señala Fernando deTrazegnies9:      busca  satisfacer  mediante  la  celebración  del
                                                        contrato.  Según  esta  tendencia  moderna,  si
               “(...) los  términos  de som etim iento  de  una   bien  generalmente  coinciden  el  concepto  de
               controversia  a  un juez y  a  un  tribunal ar­  sujeto  y  el  concepto  de  parte,  porque  en  la
               bitral  son  bastante  diferentes.  M ientras   gran  mayoría  de los contratos  cada parte está
               que el ju ez en tanto que ejerce una función   formada por un solo sujeto -el vendedor es una
                                                                                                         i/i
               jurisdiccional pública  puede  involucrar a   persona y el comprador es otra-, no se descarta   LU
               cualquiera en un juicio a pedido de la par­  la posibilidad de que una parte esté constituida   <
                                                                                                         2
               te  contraria  si  considera  que  hay  razones   por  dos  o  más  sujetos  que  tengan  un  mismo   O
               suficientes, el árbitro se limita a ejercer una   interés -la parte vendedora es un conjunto de
               jurisdicción  delegada  por  las  partes  que   condominos  o  lo  es  la  parte  compradora- y,   i/i
               lo invistieron con  el poder de juzgar y, por   en tal  caso,  la  parte contractual -quien vende   LU
                                                                                                         CC
                                                                                                         O
               tanto,  puede pensarse  que  no podría  (...)   o  quien  compra-  es  el  centro  de  interés  que
               incluir  dentro  del  arbitraje  a  quienes  no   agrupa a los sujetos.                   <
               otorgaron el convenio arbitral".
                                                        Ahora bien, iniciamos nuestro análisis pregun­
           Es evidente que las consecuencias de implicar   tándonos si cuando la Ley habla de"aquéllos
           en un proceso judicial a  un tercero son visible­  cuyo consentim iento de someterse a arbitra­
           mente distintas que aquellas que podrían pre­  je",  ¿tales  sujetos  deben  ser vistos -en  reali­
           sentarse si se implica a un tercero en un proceso   dad- como personas que no se han sometido
           arbitral. En este análisis sólo haremos referencia   al arbitraje?
           a este segundo supuesto, pues abordar el prime­
           ro excedería el propósito de esta obra.      La pregunta es válida, ya que en materia contrac­
                                                        tual, y dentro de la sana doctrina de contratos, o
           Así,  la  primera  parte  del  artículo  14 establece   hay consentimiento o no  hay consentimiento.
           la  extensión  del  convenio  arbitral  a  aquellos   No existen puntos medios ni aguas tibias.
           cuyo consentimiento de someterse  a arbitraje
           se determina  por su  participación  activa  y de   Como  ya  se  dijo,  el  artículo  1351  del  Código
           manera determinante en  la  negociación, cele­  Civil define el contrato como el acuerdo de dos
           bración, ejecución  o terminación  del  contrato   o  más  partes  para  crear,  regular,  modificar o
           que comprende el convenio arbitral o al que el   extinguir  una  relación jurídica  patrimonial.  Si
           convenio esté relacionado.                   hay  consentimiento,  la  parte  ha  celebrado  el
                                                        contrato; entonces, en el caso que nos convoca,
           Antes de iniciar el análisis del artículo 14, cree­  si hay consentimiento sobre el convenio arbitral,
           mos pertinente reflexionar en torno al concepto   pues,  entonces,  la  parte  habría  celebrado  el
           de "parte".                                  convenio arbitral.
                                                                                                        LO
                                                                                                        CO
                                                                                                        s
                                                                                                        h—
           8.   BULLARD GONZÁLEZ, Alfredo. Op. Cit., Tomo I, p. 201.                                    2
                                                                                                        §
           9.   DE TRAZEGNIES GRANDA, Fernando. Op. Cit., p. 16.
                                                                                                        Q
           10.  DE LA PUENTE Y LAVALLE, Manuel. El Contrato en General. Segunda Edición. Tomo I. Lima: Palestra Editores, 2007, p. 56.



                          L a   e  x  t  e  n  s  i ó  n     d  e  l    C  o  n  v  e  n  i o     A  r  b  i t r  a  l    a    p  a  r  t e  s     n  o     s  i g  n  a  t  a  r  i a  s     2  4  7
   245   246   247   248   249   250   251   252   253   254   255