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La Ley también hace referencia a la necesidad y de un convenio arbitral celebrado por dos <
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de una"(...) participación activa y determinante partes en el que, sin embargo, en su etapa de
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en la (...) celebración (...) del contrato". ejecución no ha intervenido una de ellas y en
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sustitución a ella ha intervenido un tercero.
Queda claro que si una parte participa en la También podría ocurrir que dicho tercero haya O
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negociación del contrato, pero no en su cele intervenido, además de las partes contratantes.
DERECHO
bración, debería quedar excluida del contrato MINERO,
AMBIENTAL
Y DE LOS
y del convenio arbitral que eventualmente se La pregunta que se tendría que formular aquí es RECURSOS
ENERGÉTICOS
hubiese celebrado. si ese tercero podría ser convocado o atraído al
arbitraje por el tribunal arbitral que conozca la
En cambio, si alguien ha participado en la ce controversia entre las partes que sí suscribieron el
lebración del contrato, y ese contrato contiene convenio arbitral y que sí suscribieron el contrato.
un convenio arbitral, es evidente que esta par
te podrá ser convocada en cualquier proceso Creemos que, en principio, la respuesta debería
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arbitral, porque simplemente habrá celebrado ser negativa, porque en estos casos el convenio
tal convenio. Por lo demás, su participación se arbitral simplemente no ha sido celebrado por
produciría en base al artículo 13 de la Ley y no la parte que ha participado en la ejecución
en base al artículo 14, bajo comentario. contractual. <
Ahora bien, si esta parte hubiese celebrado el No olvidemos que las normas generales del
contrato, pero no hubiera celebrado el convenio Derecho de Obligaciones permiten la ejecución
arbitral, creemos que no se le podría convocar -pago- por parte de un tercero. Los preceptos
al proceso arbitral, por la sencilla razón de que en materia de obligaciones y contratos facultan
se deberá respetar el motivo por el que la parte perfectamente a que el cumplimiento de las
habrá suscrito una relación contractual deter obligaciones pueda ser efectuado con el auxilio
minada, dejando de obligarse en otra -en este de terceros o simplemente por terceros.
caso, la que contiene el convenio arbitral- que,
a lo mejor, sí celebraron las otras partes que Ese tercero no subcontratado debe ser ajeno al
negociaron el contrato. convenio arbitral.
Además, sería absurdo que en el supuesto Pero podríamos encontrarnos ante una relación
en que la parte celebró un contrato que no entre ese tercero y una de las partes que lo ha
incluye el convenio arbitral, sino más bien un subcontratado, a efectos de que intervenga en
sometimiento a los tribunales ordinarios, se in la ejecución del contrato, o con quien tenga una
voque el artículo 14 de la Ley, para involucrarla, relación comercial en virtud de la cual procede
precisamente, en un proceso arbitral. Eso sería a ejecutar dichas prestaciones contractuales.
un despropósito.
Esta situación no tendría necesariamente que
En estos casos, los tribunales arbitrales, natural colocar a ese tercero dentro de un eventual
mente, si se dedujera la excepción de incompe proceso arbitral, pero admitimos que el tema
tencia, deberían declararla fundada desde todo es discutible.
punto de vista.
De otro lado, la norma tam bién alude a las
Por otra parte, el precepto bajo comentario se partes que hayan tenido participación activa
ñala que esta participación activa y de manera de manera determinante en la terminación del
determinante también podría haber ocurrido contrato que comprende el convenio arbitral o
en la ejecución del contrato. al que el convenio esté relacionado.
El tema es algo más complejo, porque podría En principio, la palabra"terminación"no guarda
mos encontrarnos en presencia de un contrato sintonía con los conceptos del Derecho de Con-
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