Page 268 - Edición N° 35
P. 268
MESA REDONDA
diferencia otorga impulso para tomar acuerdos En el Perú, el Viceministerio de Interculturalidad
sobre sus propios destinos. del Ministerio de Cultura es el órgano responsa
ble de formular políticas, programas y proyec
Finalmente, es un mecanismo desarrollado que tos que promuevan la interculturalidad, como
busca cumplir con los acuerdos internacionales principio rector, que fomente y garantice los
firmados por el estado -Convenio 169 OIT-. Esto derechos y el desarrollo integral de los grupos
brinda una imagen del Perú como país que cele culturalmente diversos del país. No obstante, la aH entál
bra la diversidad cultural y, a su vez, contempla consulta previa es realizada por los ministerios y recursos
el respeto por los acuerdos, cosa necesaria para organismos del Estado correspondientes, es de
asegurar las inversiones en un clima de paz y cir, por las entidades promotoras de la medida
estabilidad. legislativa o administrativa materia de consulta.
2. ¿Desde cuándo está vigente en el Perú el FB: El Convenio 169 de la OIT sobre Pueblos
Convenio 169 de la OIT? ¿Qué abarca este Indígenas y Tribales es un tratado de derechos
convenio? Y ¿Quiénes han sido los respon humanos ratificado por el Perú en 1994 y se
sables de su adecuada implementación y encuentra vigente desde el mes de febrero de
evolución legislativa? 1995, por lo que sus disposiciones tienen el
mismo rango que la Constitución Política del
E l: El Convenio 169 fue aprobado por Resolu Perú. Debemos tener en cuenta que el mencio
ción Legislativa N° 26253 y entró en vigencia el nado convenio tiene como principal objetivo la
2 de febrero de 1995. Su objetivo es la protec defensa de los pueblos indígenas, la misma que
ción de los derechos de los pueblos indígenas puede darse de dos formas.
y tribales, así como garantizar el respeto de su
integridad. Para tales efectos, los gobiernos La primera forma buscará garantizar el goce
están obligados a implementar medidas que: efectivo de sus derechos fundamentales y la
(i) aseguren a los miembros de dichos pueblos segunda forma otorgará oportunidades para
que gozan de los derechos y oportunidades asumir por ellos mismos el control de sus ins
que la legislación nacional otorga a los demás tituciones y formas de vida. Ahora bien, dentro
miembros de la población; y, (ii) promuevan de los principales derechos garantizados por el
la plena efectividad de los derechos sociales, mencionado Convenio se encuentra el derecho
económicos y culturales de esos pueblos, respe a consulta previa. Asimismo, es a través del pre
tando su identidad social. Cabe resaltar que el sente convenio que se pretende erradicar mo
Convenio 169 no regula únicamente el derecho delos de desarrollo que solo generaban que los
de consulta previa, pues hace referencia a una pueblos indígenas se sientan no incluidos en el
serie de derechos de los pueblos indígenas y desarrollo del país. Ahora bien, este convenio no
tribales que deben ser protegidos. busca situar a dichos pueblos en una posición
superior frente al resto de la población, sino, que
Los responsables de la im plem entación y estos se vean incluidos y puedan obtener bene
evolución legislativa del Convenio 169 son, en ficios a través de la protección y reivindicación
estricto, la OIT y los Estados parte. No obstante, de sus derechos.
el Convenio 169 requiere la colaboración de las
siguientes organizaciones internacionales en el Por otra parte, debem os señalar que la im
logro de los objetivos del tratado, en sus respec plementación del convenio comenzó mucho
tivos ámbitos de competencia: (i) las Naciones más tarde, puntualmente en 2011, cuando el
Unidas; (ii) la Organización de las Naciones Congreso aprobó la Ley 29785, Ley del Derecho £2
Unidas para la Agricultura y la Alimentación; (iii) a la Consulta Previa a los Pueblos Indígenas u g
la Organización de las Naciones Unidas para la Originarios, siendo el presidente Ollanta Húmala ^
Educación, la Ciencia y la Cultura; (iv) la Orga el que promulgó la normativa mencionada, o
nización Mundial de la Salud; y, (v) el Instituto buscando así incorporar dicho convenio en la q
Indigenista Interamericano. ley nacional. ^
C o n s u l t a p r e v ¡ a : ¿ D e r e c h o d e p a r t i c i p a c i ó n o d e r e c h o d e v e t o ? 2 65