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canteras en tanto ello implica potenciales    nalmente a ello, será de su cargo el hecho
                    perjuicios para la generalidad.               de  fiscalizar  que  los  materiales  extraídos
                                                                  sean estrictamente de construcción y que
                m)  Debido  a  que  no existe justificación  para   se destinen para la obra de infraestructura
                    el  tratam iento  distinto  de  los  recursos   previamente determinada.
                    minerales  a  partir  de  su  clasificación  en
                    metálicos  y  no  metálicos,  se  propone  el   ñ)   De la misma forma, al ser considerada la ex­
                    planteamiento de un régimen único, en el     tracción de mineral no metálico en canteras
                    cual el  concesionario minero pueda apro-    como actividad de explotación, sus titulares
                    vechartodas las sustancias concesibles por   deberán asumir las obligaciones del pago
                    el título  habilitante que se ubiquen en  los   de un derecho de vigencia, canon minero,
                    confines de su polígono.                     entre otros, además de someterse a todas
                                                                  las reglas de la actividad minera ordinaria,
                n)   Debe establecerse claramente qué autori­    esto es, sistema de cuadrículas, formulación
                    dad es la encargada de realizar las labores   ante el INGEMMET, entre otros.
          Revista  editada  por alum nos  de  la  Facultad  de  D erecho  de  la  Universidad  de  Lima
                    de fiscalización  de  los  trabajos  realizados
                    en  las canteras y,  en  el  entendido que es­  o)   Finalmente, deberá derogarse el  Decreto
                    taríamos frente a una actividad minera de     Supremo  N°  037-96-EM  en  tanto  consti­
                    explotación  las  autoridades  competentes   tuye  una  norma  restrictiva  de  derechos
                    serían:  en  material  ambiental  el  OEFA,  en   subjetivos  y  como  tal,  el  rango  legal  de
                    materia de seguridad y salud ocupacional      Decreto Supremo no es el indicado, puesto
                    el  OSINERGMIN  y  la  SUNAFIL. Siendo que    que  las  restricciones  de  este  tipo  deben
                    la  entidad  a  cargo  de  la  obra,  como  por   imponerse por ley expresa, lo que implica
                    ejem plo  el  Ministerio  de Transportes  y   un  mayor análisis de su  impacto en el or­
                    Comunicaciones,  o  el  Gobierno  Regional    denamiento jurídico  vigente,  siendo  ello
                    o  Local,  tendrán  fundam entalm ente  las   al final, lo eficiente puesto que propicia la
                    funciones  propias  de  su  competencia  en   sistematización  y articulación  de  normas
                    materia de fiscalización ambiental, adicio­   de este tipo.

























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