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RESUMEN:

                    La Servidumbre Minera Legal es una figura jurídica vigente en nuestra legislación a pesar de que, en la práctica, no sea aplicada por nues­
                 tras autoridades ni concesionarios mineros. Superando los motivos por los cuales el día de hoy no se constituyen este tipo de servidumbres,
                 creemos pertinente citar algunas ideas que pueden dar explicación a esta problemática e incluso proponer, a través del derecho comparado,
                 una posible solución para obtener la reactivación de este mecanismo que permitiría, entre otros logros, el crecimiento y desarrollo económico
                 del país e inversión privada.
                    Palabras claves: Servidumbre Minera, Concesiones Mineras, Derecho de Propiedad, Actividad Minera, Inversión Minera.



                    ABSTRACT:
                    The Mining Legal Servitude is a legal figure in forcé in our legislation, even though in the practice it is not applied by our authorities or mi­
                 ning concessionaires. Beyond the reasons why today this type of easements are not constituted, the authors believe that it is pertinent to out-
                                                                                                        —
                 line some ideas that can explain this problem and even propose, through the Comparative Law, a possible solution to obtain the reactivation of
                 this mechanism. This would allow, among other achievements, the growth and economic development of the country and prívate investment.
                    Kevwords: Mining Servitude, Mining Concessions, Property Right, Mining Activity, Mining Investment.
           Revista  editada  por  alum nos  de  la  Facultad  de  Derecho  de  la  U niversidad  de  Lima
                                               .......  ...      ......... ........— ~ —|   '   ■  I   '-'A-V-   |-------•••••■••   -  •   ---- ----- ■ ■’ v •'■'"A':


                 I.   INTRODUCCIÓN                            en general, ha  sido evidentemente la última, a
                                                              pesar de que los derechos de los concesionarios
                 La minería como actividad económica y fuente   mineros, como los derechos de los propietarios
                 de estudio social y jurídico posee rasgos y prin­  superficiales -que en el Ordenamiento Jurídico
                 cipios que le son propios y la hacen singular. En   Peruano pertenecen al Derecho Público y Priva­
                 efecto,  el  motivo  principal  del  porqué cuenta   do  respectivamente- tienen  igual  protección
                 con una normativa especial expresa la autono­  constitucional.
                 mía del Derecho Minero como disciplina jurídi­
                 ca,  así como  los  múltiples  nexos  e  influencias   Parte  de  esta  problemática  podría  ser que  el
                 que  pueda  entablar con  otras  disciplinas  e n ­  legislador,  razonable y aparentemente,  habría
                 tendiendo pues, que las disciplinas jurídicas en   realizado  una  mayor estimación  económica  a
                 el Derecho no son compartimientos estancos.  la concesión minera sobre el predio superficial
                                                              -entendible desde el Sistema Dominalista de los
                 Consecuentemente  el  Derecho  Minero  en  el   recursos  minerales que  rige  nuestro  Derecho
                 Perú tiene el  reto principal de responder satis­  Minero-, considerando, además,  las  singulari­
                 factoriamente, sin ser excluyente, a tres cuestio-   dades que le son inherentes a cada una de ellas.
                 namientos principales: a) ¿Quién es el titulardel
                 dominio originario de los recursos minerales?, b)   Esta breve referencia, se encuentra recogida en
                 ¿Cómo v quién está habilitado para aprovechar    el inciso 3 del artículo 37 del Texto Único Orde­
                 los recursos minerales?; y, c) ¿Qué normas rigen   nado de la Ley General de Minería, aprobado
                 las relaciones entre los titulares de derechos mi­  por Decreto Supremo N° 014-92-EM (TUO de
                 neros v los propietarios superficiales del predio   Minería),  el cual recalca la subordinación del
                 en el que se halla los recursos minerales?1.     predio  superficial a  la  concesión  minera.  En
                                                                  efecto,  la norma antes citada señala que una
                 De estas tres incógnitas, la que mayores quebra­  de las atribuciones del concesionario minero
                 deros de cabeza  ha traído a  los estudiosos del   es: "solicitara la autoridad minera autorización
           AD VO C ATU S  135   1.   OSSA  BULNES,  Juan  Luis.  Tratado de  Derecho  de Minería, Tomo  I,  Cuarta  Edición.  Santiago  de  Chile:  Editorial
                                                                  para establecer servidumbres en  terrenos de
                 Derecho Minero en el Perú, como a los políticos





                     Jurídica de Chile, 2009, p. 12.



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