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cuestionamiento a la validez del contrato prin En las siguientes líneas nos dedicaremos
cipal no produce un efecto inmediato sobre la específicamente a analizar y a explicar la apli- <
validez o existencia del convenio arbitral4. El cabilidad del efecto negativo del Competence- U
ordenamiento peruano reconoce expresamente Competence. LU
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este principio en el artículo 41.2 del Decreto IA
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Legislativo 1071 (en adelante, la"LPA")5. III. EFECTO NEGATIVO DEL COMPETENCE- LITIGIOS
COMPETENCE PROCESALES
Y ARBITRALES
Por su parte, si alguien nos preguntase qué
es el Competence-Competence, posiblemente El efecto negativo del Competence-Competence
responderíamos que es aquella regla que per es reconocido de manera expresa por la Conven
mite a los árbitros pronunciarse sobre su propia ción de Nueva York6. En su artículo II establece
competencia frente a cuestionamientos de las lo siguiente:
partes sobre la existencia, validez o alcance del
convenio arbitral. Sin embargo, la respuesta que "El tribunal de uno de los Estados Contratan
acabamos de esbozar sería solo parcialmente tes al que se someta un litigio respecto del
correcta. Esta posibilidad que tienen los árbitros cual las partes hayan concluido un acuerdo
para decidir si son o no competentes es única en el sentido del presente artículo, remitirá
mente una cara de la moneda del Competence a las partes al arbitraje, a instancia de una
-Competence, y es lo que se conoce como el de ellas, a menos que compruebe que dicho
efecto positivo de este principio. acuerdo es nulo, ineficaz o inaplicable".
Para que la respuesta a la pregunta planteada Como explica Gaillard, el artículo citado plasma
sea correcta, es necesario incluir la otra cara de la el mencionado efecto negativo del Competence-
moneda, es decir el efecto negativo del Compe Competence: el requisito básico para que las
tence-Competence, entendido como aquel que partes de un convenio arbitral respeten el pacto
genera que los tribunales judiciales que se vean de someter sus disputas a arbitraje, implica que
en la situación de revisar la existencia o validez las cortes de un determinado país no puedan
de un convenio arbitral, se avoquen únicamente conocer dichas disputas7. ^
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a una revisión prima facie del mismo. La referen —I
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cia pues aun efecto negativo no implica una car Imaginemos un caso en el que dos partes hayan
ga valorativa; el efecto es negativo en el sentido incluido dentro de un contrato de suministro de
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que, salvo ciertas circunstancias, un juez debe gas, un convenio arbitral destinado a someter z
negarse a conocer determinada controversia y a arbitraje todas las controversias relacionadas £
reconocer la competencia arbitral. con el mencionado contrato. Pese a dicho
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4. POUDRET, Jean-Francois & BESSON, Sébastien, Comparative Law of International Arbitration, London, 2007, Sweet
& Maxwell, p. 133, citado por RUBIO, Roger, El Principio del Competence-Com petence en la nueva Ley Peruana de uj
Arbitraje, En: Lima Arbitration, Revista del Círculo Peruano de Arbitraje N° 4, Lima, 2010/2011, p.101. <
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5. Artículo 41.2 del Decreto Legislativo 1071: “El convenio arb itral que form e parte de un contrato se considerará com o
un acuerdo independiente de las demás estipulaciones del mism o. La inexistencia, nulidad, anulabilidad, invalidez
o ineficacia de un contrato que contenga un convenio arbitral, no im plica necesariam ente la inexistencia, nulidad,
anulabilidad, invalidez o ineficacia de este. En consecuencia, el trib u n a l a rb itra l podrá decidir sobre la controversia
som etida a su conocim iento, la que podrá versar, incluso, sobre la inexistencia, nulidad, anulabilidad, invalidez o
ineficacia del contrato que contiene un convenio arbitra\".
6. Convención sobre el Reconocimiento y la Ejecución de las Sentencias Arbitrales Extranjeras Hecha en Nueva York 1
el 10 de junio de 1958.
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7. GAILLARD, Emmanuel y BANIFATEMI, Yas. Negative effect o f Competence-Competence: The Rule o fP rio rity in favor o f §
the Arbitrators", en E nforcem entof A rbitration Agreements and International A rbitral Awards. The New York Convention Q
in Practice, edited by Em m anuel G aillard & Dom enico d i Pietro. 2008, Cameron May, p. 257.
¿ N a c e r p a r a v i v i r m u r i e n d o ? L a n u l i d a d m a n i f i e s t a d e l c o n v e n i o a r b i t r a l 1 0 3