Page 213 - Edición N° 32
P. 213
un tercero, tiene derecho a que le reembolse el la demostración de la ocurrencia del daño o de
valor de los gastos en que incurrió. la existencia de culpa o dolo — artículo 497— .
Como expresa Marinoni, la norma afirma la di
La sentencia que admite la acción preventiva sociación entre el acto contrario al derecho y el
debe ordenar, incluso de oficio, en forma defini hecho lesivo, dejando claro que tales tutelas no
tiva o provisoria, obligaciones de hacer o de no tienen como presupuesto el daño y los criterios
hacer, procurando la menor restricción posible para la imputación de la sanción resarcitoria o
y el medio más idóneo para asegurar la eficacia sea la culpa o el dolo3. De tal forma, en un ejem
del mandato — artículo 1713— . Corresponde plo, si se pretendiese introducir en el mercado
señalar que para admitir la acción no es nece un producto que contiene elementos prohibi
sario acreditar ningún factor de atribución, es dos, la persona legitimada puede solicitar que
suficiente con demostrar que existe un peligro se impida su comercialización y la demandada
grave en la producción de un daño que el de no puede excusarse alegando que ese producto
mandado puede evitar o disminuir su magnitud no causa daño; se advierte la simplificación de
— artículol 712— . los procesos pues es suficiente con demostrar
Universidad de Lima El nuevo Código de Proceso Civil de Brasil ha Volviendo al CC y CN, este coloca a la República
la acción antijurídica.
avanzado un paso más en la tutela preventiva
Argentina entre las más avanzadas del mundo
estableciendo también la tutela jurisdiccional
contra el ilícito en el artículo 497 que dispone:
en materia civil y comercial; esperemos que los
operadores jurídicos —jueces y abogados— in
Pora lo concesión de la tutelo específica destinado
terpreten debidamente los principios y paradig
a inhibir la práctica, la reiteración o la continua
Facultad de Derecho de la ción de un ilícito o su remoción, es irrelevante mas que dominan la nueva legislación.
editada por alum nos de la
Revista
132
A D V O C A T U S 3. MARINONI, Luiz Guillerme,"Tutela inhibitoria: la tutela de prevención del ilícito", El Derecho, 186-1127.
2 1 0 R o l a n d A r a z i