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momento que se pueda recurrir ante un Tribunal por haber cometido una infracción administra
peruano, conforme a lo previsto en el artículo tiva, y siendo la multa de exclusiva asignación
1993 del Código Civil8. Este es el caso por ejem al INDECOPI, entonces el consumidor debe
plo, de un consumidor que ha sido víctima de obtener la reparación necesaria por los daños y
una mala praxis médica y no puede ejercitar perjuicios que efectivamente haya sufrido, más
por sí mismo la acción indemnizatoria hasta al allá de las medidas correctivas que el órgano
menos obtener el alta médica correspondiente. administrativo disponga.
La elasticidad de la prescripción también puede 3. Indemnización a favor del proveedor.
ser invocada cuando la demanda indemnizato
ria fuese interpuesta con posterioridad al trámi Son conocidos los casos en los cuales algún
te del procedimiento administrativo, en el cual mal consumidor plantea denuncias maliciosas
se obtuvo un pronunciamiento definitivo que contra un proveedor o bien realiza actos para
reconoció la vulneración del derecho o interés generar reclamos infundados y así obtener un
del consumidor. Así pues, tomando en cuenta provecho indebido.9
Lima que un procedimiento administrativo podría
de ser tramitado por más de 2 años en todas sus Ante ello, la administración pública podrá san
Universidad diccional por algún supuesto de prescripción UITs conforme al artículo 7o de la LFNO del IN-
instancias, la posterior demanda indemnizatoria
cionar al consumidor hasta con una multa de 50
no deberá ser rechazada por el órgano juris
DECOPI, pero además el proveedor podrá exigir
tom ando en cuenta lo previsto en el citado
el pago de una indemnización de conformidad
artículo 1993 del Código Civil.
con el artículo 1982 del Código Civil, en cuanto
Facultad de Derecho de la que sí es posible tramitar simultáneamente una dispone que corresponde exigir indemnización
De la misma manera, se debe tomar en cuenta
de daños y perjuicios contra quien, a sabiendas
de la falsedad de la imputación o de la ausencia
denuncia administrativa y un proceso indemni-
de motivo razonable, denuncia ante autoridad
competente a alguna persona, atribuyéndole la
zatorio por los mismos hechos.
comisión de un hecho punible.
Debemos recordar que uno de los principales
pueden plantear esta pretensión indemnizatoria,
ración y la indemnización correspondientes,
por alum nos de la derechos del consumidor es obtener la repa Los proveedores deben ser conscientes de que
conforme al artículo 1o, numeral 1.1., inciso i del
sobre todo contra aquellas personas que indebi
damente usan las vías creadas por el legislador
Código de Protección y Defensa del Consumi
para la tutela de los intereses de los consumido
dor, siendo este además uno de sus principales
intereses a ser satisfecho. En efecto, más allá de
res mediante la interposición de reclamos o de
la sanción que pueda ser impuesta al proveedor
nuncias maliciosas o notoriamente infundadas.
Revista editada 8. Como lo señala Eugenia Anano, "el plazo de prescripción, com o todo plazo, tiene un m om ento inicial (diesa quo) y
un m om ento final (dies a d quem). Sin em bargo, una de las notas características del plazo prescriptorio es el de ser
"elástico", en el sentido de que una vez que arranca a correr no está dicho que su dies ad quem sea fatalm ente el del
vencim iento de los plazos indicados en el artículo 2001, p o r cuanto, entre su diesa quo y el dies ad quem prefijado
p o r la ley, pueden producirse determ inadas circunstancias que com porten ya sea un nuevo diesa quo (interrupción)
o una pausa en el decurso del plazo (suspensión) lo que com porta inevitablem ente la postergación del dies ad
132 quem. Esta “elasticidad" del plazo prescriptorio conduce a considerar que el m om ento del perfeccionam iento de la
"fase pre lim in a r" del fenóm eno prescriptorio puede presentarse bastante com plejo e incierto". Véase ARIANO DEHO,
A D V O C A T U S 9. 2005, pág. 281.
Eugenia. Com entarios a los artículos 1994 y 1995 C.C. En Código Civil Comentado, Tomo X, Gaceta Jurídica, Lima,
Es el caso reportado por los medios de comunicación de personas que fueron descubiertas cuando introducían
insectos en alimentos y luego extorsionaban a los proveedores, para así obtener sumas dinerarias a fin de
desistirse de futuros reclamos o denuncias.
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