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RESUMEN:
El destacado autor nos comparte algunas reflexiones sobre algunos temas corporativos fundamentales como la reducción del capital so
cial, la forma de la distribución de los dividendos y el tratamiento que nuestra actual Ley General de Sociedades da a la devolución del capital
—
y de algunas cuentas del patrimonio neto de una sociedad.
Palabras clave: Ley General de Sociedades, capital social, acciones, alícuota y dividendos.
ABSTRACT
The prominent author shares some reflections on some fundamental corporate issues such as the reduction of share capital, the form
of dividend distribution and the treatment that our current General Compames Law gives to the return of capital and some accounts of the
Equity ofacompany.
Kevwords: General Corporation Law, share capital, shares, aliquot and dividends.
... — i n III i u 1 1 ^ j m¡ n i !¿ Ui i ■ Id ¿L ¡J11 i L jl
U niversidad de Lima Es conocido que la participación sobre divi o que se retira de una sociedad mediante una
dendos que corresponde a un accionista en
reducción de capital, de una participación adi
una sociedad que solo tiene emitidas acciones
cional a aquella que le corresponde sobre las
comunes, es la que resulta según la prorrata en
utilidades o el patrimonio neto de la empresa
la que participa en el capital.
considerando estrictamente su prorrata en el
capital social.
Existen voces, sin embargo, que indican que la
Facultad de Derecho de la parte final del numeral 2 del artículo 230 de la Ley Como ya hemos dicho, a pesar de que la po
LA DISTRIBUCIÓN DE DIVIDENDOS
I.
General de Sociedades (Ley 26887, en adelante
"LGS") abre la posibilidad de que en una distribu
ción de dividendos como la recién descrita (solo
sición general es que la participación sobre
acciones comunes) el acuerdo respectivo pueda
dividendos que corresponde a un accionista en
una sociedad que solo tiene emitidas acciones
asignara un accionista una participación sobre
comunes es la que resulta según la prorrata en
las utilidades de la empresa adicional a la que le
correspondería considerando estrictamente su
la que participa en el capital, algunos sostienen
por alum nos de la participación en el capital de la misma. que la parte final del numeral 2 del artículo 230
de la LGS abriría otra posibilidad.
De la misma manera, es común que un accio
El numeral 2 del artículo 230 de la LGS, señala
nista que se retira de una sociedad mediante
que "todas las acciones de la sociedad, aun cuan
el rescate de sus acciones y la consiguiente
reducción de capital, reciba en compensación
do no se encuentren totalmente pagadas, tienen el
un importe equivalente a su participación en
Revista editada función a su prorrata en el capital. mismo derecho al dividendo, independientemente
el patrimonio neto de la misma calculada en
de la oportunidad en que hayan sido emitidas o
pagadas, salvo disposición contraria del estatuto
o acuerdo de la junta general”.
En este caso también existen posiciones que
señalan que, conforme al artículo 217 de la LGS,
por nosotros) de este inciso 2 del artículo 230
es posible que en una reducción de capital el A nuestro modo de ver, la parte final (resaltada
acuerdo respectivo disponga compensar al de la LGS no abre una posibilidad legal para que,
132 accionista que se retira en exceso de su partici como consecuencia directa de un acuerdo de
C A T U S pación en el patrimonio neto distribución de dividendos, se pueda asignar
a un accionista una participación sobre las
En estas líneas analizaremos la procedencia
A D V O y las consecuencias legales de esta posible utilidades de la empresa adicional a la que le
correspondería considerando estrictamente su
participación en el capital de la misma.
asignación al accionista que recibe dividendos
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