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llega hasta donde alcanza la libertad, que es su cobijar el arbitraje a la sombra del derecho al
fundamento y motor. Por ello, quedan extramuros Juez ordinario predeterminado por la Ley:
de su ámbito aquellas cuestiones sobre las cuales
los interesados carezcan de poder de disposición,
según cuida de indicar el artículo 1 de la Ley vi "toda vez que fueron los recurrentes quienes,
gente. Además, el elemento subjetivo, conectado con entera libertad, decidieron en su día
con el objetivo, pone el énfasis en la diferente confi someter sus eventuales disputas con la con
guración del "Juez", titular de la potestad de juzgar traparte al criterio dirimente de un órgano
y hacer ejecutar lo juzgado que emana del pueblo arbitral, excluyendo así la posibilidad de una
(artículo 117CE), revestido, por tanto, de imperium, resolución judicial y sus posibles controver
y del "árbitro", desprovisto de tal carisma o cualidad, sias. El hecho de que posteriormente ese ini
cuyo mandato tiene su origen en la voluntad de cial compromiso haya dado tugara un laudo,
los interesados, dentro de una concreta contienda con cuyo procedimiento de generación no
o controversia. En definitiva es un particular que están conformes los demandantes, no afecta
ejerce una función pública, como en otros secto en absoluto a su derecho a la jurisdicción, ya
Lima res pueden mencionarse ejemplos de libro (el que su renuncia al Juez ordinario se produjo
ya en el momento de concluiré! compromiso
notario, el capitán de buque mercante, el párro
U niversidad de co) y muchos otros que la jurisprudencia ha ido de arbitraje, todo ello con independencia
de que, como señala el Ministerio Fiscal, los
añadiendo a ese primer repertorio (agentes de
demandantes han podido someter a enjui
aduanas, guardas jurados, habilitados de clases
ciamiento judicial -ex artículo 45 de la Ley
pasivas, etc.). La función que ejerce el árbitro es
de 1988- el conjunto del procedimiento de
Derecho de la para-jurisdiccional o cuasi-jurisdiccional y en ese Una vez dicho esto resulta claro que son in
"casi" está el quid de la cuestión.
arbitraje"'.
Efectivamente, la inexistencia de jurisdicción
admisibles las quejas formuladas directamente
en sentido propio se traduce en la carencia de
Facultad de potestas o poder. El árbitro, que no nos puede respecto del árbitro y de su laudo, a los cuales
plantear una cuestión de inconstitucionalidad
no cabe reprochar la inexistencia de motivación
cuando esta queda excluida en el arbitraje de
por estar reservada a los órganos judiciales
equidad (artículo 32 de la Ley de Arbitraje) y al
(artículo 163 CE), ni tampoco está legitimado
que, precisamente por no ser una Sentencia,
para formular cuestiones prejudiciales ante el
por alum nos de la Tribunal de Justicia de la Comunidad Europea, no le es aplicable el artículo 120 CE, siendo re
por no ser órgano jurisdiccional (artículo 177 del
nunciaba en el ámbito del arbitraje comercial
Tratado; Sentencia de 23 de marzo de 1982, caso
europeo y en el internacional (artículos 8 del
Convenio de 1961 y 32 del Reglamento de la
Nordsee), necesita además del brazo secular del
Comisión de las Naciones Unidas de 1976).
Juez para dotar de eficacia al laudo, mediante
Revista editada la adición o estrambote de una decisión judicial "El contenido del laudo no es revisable judicial
que ordene su cumplimiento, en una fase ne
mente ni, por tanto, en sede constitucional". Así lo
tamente procesal, en un proceso de ejecución,
dijimos en nuestra Sentencia - STC 43/1988 (RTC
porque solo a los Jueces corresponde hacer
1988, 43), vigente la anterior Ley de Arbitraje,
ejecutar lo juzgado (Autos Tribunal Supremo -
TS, Sala Tercera, 18 de noviembre de 1986 y 2
la actualidad. Se trata de "un proceso especial,
de marzo de 1987). aun cuando su doctrina siga siendo válida en
ajeno a la jurisdicción ordinaria" con simplicidad
132 En tal sentido se ha pronunciado ya esteTribu- de formas procésales y uso del arbitrio en el de
A D V O C A T U S 1. ATC 41/1993 [RTC 1993,41 AUTO],
equidad, sin necesidad de motivación jurídica,
nal Constitucional, negando la posibilidad de
40 J u l i o G o n z á l e z S o r i a