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RESUMEN:
Paralelamente al incremento vertiginoso de los arbitrajes, han aumentado también los casos en los cuales algunos árbitros y, even
tualmente, algunas instituciones arbitrales, se han visto involucradas en supuestos de responsabilidad frente a las partes del proceso. En el
presente artículo, el autor aborda dicha problemática desde el ordenamiento jurídico español. Para ello, analiza los tipos de responsabilidad
en los cuales puede incurrir un árbitro y sus respectivas limitaciones, haciendo extensivo dicho análisis a las instituciones arbitrales.
Palabras clave: Arbitraje, árbitros, institución arbitral y responsabilidad civil.
ABSTRACT
ln parallel with the rapid increase of arbitrations, they have also increased the cases in which some arbitrators and eventually some arbi
tral institutions have been involved in cases of civil liability against the parties of the procedure. In this article, the author approaches to this
problem by analyzing the Spanish legal system. It analyzes the types of liability which may incur an arbitrator and their respective limitations
by extending the analysis to arbitral institutions.
Kevwords: Arbitration, arbitrators, arbitral institution and civil liability.
Universidad de Lima I. INTRODUCCIÓN de las acciones de resarcimiento que asistan
a aquélla contra los árbitros.
Se exigirá a los árbitros o a las instituciones
La responsabilidad de los árbitros y de las ins
arbítrales en su nombre la contratación de
tituciones arbitrales es, sin duda, un tema que
un seguro de responsabilidad civil o garantía
de Derecho de la cobra cada día más actualidad por lo que parece equivalente en la cuantía que reglamen
necesario dedicar al mismo la debida atención.
tariamente se establezca. Se exceptúan de
Por otra parte, esa responsabilidad se configura
la contratación de este seguro o garantía
equivalente a las Entidades públicas y a los
de manera muy diversa dependiendo del orde
Por ello, en este trabajo nos limitaremos a ana
Facultad namiento jurídico aplicable. sistemas arbitrales integrados o dependientes
de las Administraciones Públicas.
lizar la cuestión a la luz del derecho español.
2. Salvo pacto en contrario, tanto los árbitros
En primer lugar, hay que señalar que la Ley
como la institución arbitral podrán exigir
por alum nos de la 60/2003 de Arbitraje de 23 de diciembre con a las partes las provisiones de fondos que
estimen necesarias para atender a los ho
la modificación introducida en la misma por la
Ley 11/2011 de Reforma de la Ley de Arbitraje
norarios y gastos de los árbitros y a los que
de 20 de mayo de 2011, contiene la regulación
puedan producirse en la administración del
que transcribimos a continuación.
arbitraje. A falta de provisión de fondos por
Revista editada fondos. las partes, los árbitros podrán suspender o
dar por concluidas las actuaciones arbitrales.
"Artículo 21. Responsabilidad de los árbitros
Si dentro del plazo alguna de las partes no
v de las instituciones arbitrales. Provisión de
hubiere realizado su provisión, los árbitros,
antes de acordar la conclusión o suspensión
7. Lo aceptación obliga a los árbitros y, en de las actuaciones, lo comunicarán a las de
más partes, por si tuvieren interés en suplirla
su caso, a la institución arbitral, a cumplir dentro del plazo que les fijaren".
132 fielmente el encargo, incurriendo, si no lo En este artículo 21 se contempla, por una parte,
A D V O C A T U S perjuicios que causaren por mala fe, temeri la obligación que genera para los árbitros y, en
hicieren, en responsabilidad por los daños y
dad o dolo. En los arbitrajes encomendados a
su caso, para la institución arbitral, la acepta
una institución, el perjudicado tendrá acción
directa contra la misma, con independencia ción del nombramiento de cumplirfielmente el
encargo y se establece que su incumplimiento
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