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Por ello,  el Tribunal  Arbitral  tiene  que  buscar   las partes puede solicitar que el Tribunal recomien­
           un  balance  entre  la  urgencia  y  necesidad  de   de la adopción de medidas provisionales para la   <
           interponer dicha medida y el requerimiento de   salvaguardia de sus derechos. La solicitud deberá   U
           no  prejuzgar el fondo del  caso por interponer   especificar los derechos que se salvaguardarán,   UI
                                                                                                             Q.
           dicha  medida.  Esto  último debido a  que  aún   las medidas cuya recomendación se pide, y las   l/>
                                                                                                             LU
           el Tribunal  no  ha tomado  una  decisión  sobre   circunstancias que hacen necesario el dictado de
                                                                                                       LITIGIOS
           el  fondo o  incluso en  algunos  casos  sobre  su   tales medidas"6.                      PROCESALES
                                                                                                     Y ARBITRALES
           jurisdicción en el propio arbitraje, cuando esta
           ha sido objetada por alguna de las partes.    Asimismo, se establece que elTribunal debe dar
                                                         oportunidad  a  cada  parte  para  que  presente
           El mecanismo de medidas provisionales se en­  su  posición  sobre  las  medidas  provisionales
           cuentra regulado en el artículo 47 del Convenio   solicitadas,  con  lo  que  el Tribunal  inicia  una
           CIADI, el cual establece lo siguiente:        fase en el procedimiento arbitral sobre medidas
                                                         provisionales,  lo  cual  incluye  una  Audiencia
               "Salvo acuerdo en contrario de las partes, el   sobre el tema7.
               Tribunal, si considera que las circunstancias
               así lo requieren, podrá recomendar la adop­  ElTribunal también puede recomendar de oficio
               ción de aquellas medidas provisionales que   la adopción de medidas provisionales, o reco­
               considere necesarias para salvaguardar los   mendar  medidas  distintas  a  las  identificadas
               respectivos derechos de las partes."      en  la  solicitud  respectiva,  pudiendo modificar
                                                         o  revocar sus  recomendaciones  en  cualquier
           Este artículo tiene como antecedentes el artícu­  momento8. Por otro lado, si una parte presenta
           lo 41  del  Estatuto de la Corte Internacional de   una  solicitud  de  medidas  Provisionales antes
           Justicia, el cual establece lo siguiente:     que se constituya el Tribunal Arbitral, la Secre­
                                                         taria General del CIADI, debe fijar a petición de
           "1.  La Corte tendrá facultad para indicar, si con­  cualquiera de las partes, los plazos respectivos
               sidera que las circunstancias así lo exigen, las   para que cada una de ellas presenten sus posi­
               medidas provisionales que deban tomarse   ciones, para  luego ser consideradas apenas se   10
                                                                                                         LU
               para resguardar los derechos de cada una de   constituya elTribunal Arbitral9.            _l
                                                                                                         <
               las partes.                                                                               z
                                                                                                         O
                                                a       Tal  como  ha  sido  desarrollado  por  diversos   u
                                                                                                         <
           2.   Mientras se pronuncia el fallo, se notificará   casos, Tribunales Arbitrales solo otorgarán me­  z
               inmediatamente a las partes y al Consejo de   didas provisionales en circunstancias de nece­  uo
                                                                                                         LU
                                                                                                         cc
               Seguridad las medidas indicadas"5.        sidad, urgencia y cuando la parte solicitante se   O
                                                         encuentra ante un daño irreparable si es que no   =5
                                                                                                         <
           El  Artículo 47 del  Convenio  CIADI  se comple­  se ordena dicha medida.
           menta por el Artículo 39 de las Reglas de Arbi­
           traje CIADI, según el cual ,"[e]n cualquier etapa   Al  respecto,  en  el  arbitraje  Occidental  Petro­
           una vez incoado el procedimiento, cualquiera de  leum Corporation, Occidental  Exploration and  LU
                                                                                                         —i
                                                                                                         <
                                                                                                         CC
                                                                                                         t
                                                                                                         Cü
                                                                                                         cc
                                                                                                         <
           5.   Corte Internacional de Justicia, Estatuto, Articulo. 41.
           6.   Reglas de Arbitraje CIADI, Artículo 39, párrafo 1.                                       CN
                                                                                                         CO
           7.   El  Artículo  39(4) de las  Reglas de Arbitraje CIADI  establece  lo  siguiente: "El Tribunal Solo recom endará medidas
               provisionales, o m odificará o revocará sus recomendaciones, después de dar a cada pa rte una o portunidad para que   §
               haga presente sus observaciones
                                                                                                         2
           8.   Reglas de Arbitraje del CIADI, Artículo 39(3).                                           §
                                                                                                        Q
           9.   Ibíd. Artículo 39(5).



                      L a    i n  t e  r p  o  s  i c  i ó  n     d  e     M  e  d  i d  a  s     P  r o  v  i s  i o  n  a  l e  s     e n    a  r b  i t r a  j e  s     C  I A  D  I    6 3
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