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pasó del 50% al 99% como el porcentaje de in Al respecto el Tribunal reconoció que en el estado
gresos extraordinarios que debían ser pagados en que se encontraban las cosas Perenco enfren <
al Estado Ecuatoriano. En consecuencia, por las taba la inminente confiscación de sus activos en el u
ventas de petróleo que estuvieran por encima Ecuador, ya sea petróleo, la planta, equipos o cuen LU
Q.
del precio de referencia, Ecuador se hacía acree tas bancadas, por un monto ascendente a US$ 327 l/V
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dor del 99% del precio de venta del petróleo millones de dólares, a menos que la empresa pague
LITIGIOS
PROCESALES
vendido por encima del precio de referencia. dicha suma de dinero dentro de muy pocos días. En Y ARBITRALES
consecuencia, el Tribunal señaló lo siguiente:
Si bien las partes intentaron negociar y llegar
a un acuerdo, eso no fue posible, luego de "Si el negocio de Perenco en Ecuador fuera
lo cual, Perenco inició el arbitraje CIADI ale efectivamente terminado de esta manera,
gando la violación de estándares conforme dicho daño no podría, a juicio del Tribunal
al TBI entre Ecuador y Francia, tales como compensarse adecuadamente a través de
trato justo y equitativo y no discriminación. un laudo de daños pecuniarios en caso que
El Gobierno Ecuatoriano tom ó la decisión la demanda se sostenga. (...) A juicio del
entonces de proceder con la term inación Tribunal, la incautación de los activos de
anticipada de los Contratos de Participación. Perenco (...) agravaría seriamente la contro
Asimismo, ordeno la interposición de m edi versia entre las partes y pondría en riesgo la
das correctivas en contra de Perenco por un capacidad de Perenco de explorar y producir
m onto de US$ 327 millones de dólares al no petróleo en los Bloques 7 y 21 de conformi
haber pagado los impuestos sobre ganan dad con los Contratos de Participación"'2.
cias extraordinarias establecidos por ley.11 12
Seguidamente, el Juzgado de Coactivas de En consecuencia, el Tribunal estableció que las
Petroecuador ordeno incautar la producción circunstancias le requerían ordenar medidas
y embarques de Crudo Ñapo que eran de provisionales para que se impida a las Deman
propiedad de Perenco hasta que la deuda dadas lo siguiente:
total de Perenco sea liquidada.
■ Demandar que Perenco pague cualquier ^
En febrero de 2009 Perenco solicitó medidas monto presuntamente adeudo conforme
provisionales al Tribunal Arbitral pidiendo al a la Ley 42; g
Tribunal ordenar a las Demandadas que se ü
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abstengan del cobro forzoso de los adeudos ■ Iniciar o continuar cualquier acción judi- z
en disputa, así como de terminar los Contratos cial o de otro tipo para cobrarle a Perenco £
de Participación y preservar el status quo mien cualquier m onto que las Demandadas
tras se resolviera el fondo de la controversia. reclamaban que Perenco o el Consorcio les
Perenco añadió que su solicitud de medidas adeudaba conforme a la Ley 42;
provisionales era urgente debido a que las De
mandadas comenzarían a incautar los activos ■ Iniciarocontinuarcualquieracciónjudicial o
de Perenco en un plazo de 3 días a no ser que de otro tipo en contra de Perenco o algunos
Perenco pagará al Ecuador el monto supuesta de sus directivos o empleados en relación
mente adeudado. con los Contratos de Participación; y
11. Tal como se relata en la Decisión de Medidas Provisionales Ecuador emitió dos notificaciones coactivas en contra ÍN
CO
de Perenco por la suma total de US$ 327 millones de dólares americanos en donde se mencionaba lo siguiente:
“Como la m encionada deuda es líquida, determ inada y de plazo vencido, se ordena que el deudor pague dentro de TRES
DÍAS o, dentro de igu al térm ino, dim ita bienes equivalentes para el embargo, bajo prevención de que se em bargará §
bienes equivalentes a la deuda, intereses y costas" 2
§
12. Perenco Ecuador Ltd. c. República del Ecuador y Empresa Estatal de Petróleos del Ecuador (Caso CIADI No. Q
ARB/08/6), Decisión sobre Medidas Provisionales, 8 de mayo de 2009, párrafo 46.
L a i n t e r p o s i c i ó n d e M e d i d a s P r o v i s i o n a l e s e n a r b i t r a j e s C I A D I 6 5