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En  este  sentido,  la  tutela  diferenciada  no  se   a  la  remoción o  prevención  del  ¡lícito que im­
                 conforma  con  la  transformación  del  derecho   pide el  libre el ejercicio del  derecho lesionado
                 en  una  prestación  equivalente  a  través  de  la   o  amenazado,  por  lo  que  la  técnica  procesal
                 indemnización, sino que constituye una tutela   adecuada no es la herramienta clásica de tutela
                 que  con  diversas  formas  da  una  protección   cognitiva, es decir, el  proceso cognitivo decla­
                 inmediata al derecho.                         rativo, sino un mecanismo para que "en función
                                                               de las circunstancias del caso, a dar satisfacción a
                 Esta  protección jurisdiccional  por  medio  de   una necesidad que exige una expeditiva y desem­
                 una tutela diferenciada se otorga a través de la   barazada respuesta jurisdiccional"38.
                 inhibición de  la ocurrencia del  ilícito, la  remo­
                 ción de los efectos concretos del acto ilícito, la   En síntesis la"urgencia"como presupuesto para
                 reparación  del  daño  en  forma  específica  o  la   una tutela de urgencia pueden originar distintas
                 solicitud  de la garantía  necesaria, o el cumpli­  vías  procedimentales  para  la  satisfacción  más
                 miento específico de la prestación incumplida   rápida (aceleración del proceso) o inmediata (tu­
                 o cumplida de modo imperfecto.               tela urgente) distintas del clásico procedimiento
           Universidad  de  Lima  Así, esta tutela  no es de carácter instrumental   zación  material, en forma vertical  u  horizontal
                                                              cognitivo, dependiendo de la forma de sumari­

                 a  una tutela  cognitiva,  ni  provisional,  sino  de
                                                               o  de  una  sumarización  procedimental, y  que
                                                               pueden ser los procesos cognitivos sumarios, las
                 carácter definitivo y autónomo con  relación a
                 los  objetos  concretos  que  persigue,  sino  que
                                                               medidas cautelares, las medidas cautelares auto
                 es una tutela inmediata del derecho material.
           por alum nos  de  la  Facultad  de  Derecho  de  la
                 Señala Ornar Cairo37 que en esta que en esta tu­  satisfactivas y los procesos urgentes.
                                                               De  estas  formas  de  tutelas  de  urgencia  se
                 tela diferenciada o específica se da el efecto de   quiere establecer la diferencia entre el proceso
                 "sumarización material o cognitiva". La "sumari-   urgente y las demás formas procesales en esta
                 zación"cognitiva hace referencia a la posibilidad   materia, a saber:
                 de que se dicten resoluciones de actuación in­
                 mediata, sin llegar aun conocimiento pleno del   a.   El "proceso urgente"es distinto del proceso
                 conflicto, y pueden ser "vertical" u "horizontal".  sumario,  dado  que  en  el  primero  hay  un
                                                                  juicio  de  probabilidades,  mientras  que
                 La "sumarización  cognitiva  vertical" se  refiere   el  segundo,  a  pesar de  la  abreviación  del
                 a  los casos en  los que el juez para expedir una   trámite  hay  un juicio  de  certeza.  De esta
                 resolución escuchando a las dos partes pero sin   forma, en el  proceso urgente  no se forma
                 agotar todo el  material  probatorio y sin  haber   título  cognitivo, y solo tiene  una  función
                 atendido  plenamente a  la  posición  de ambos.   preventiva e inhibitoria.
                 Esta cognición se divide, según los grados de pro­
                 fundidad cognitiva a los que ha llegado el juez, ya   b.   El "proceso urgente" también es distinto de
           Revista  editada   juzgador solo ha escuchado a una de las partes,   procesos autónomos y no dependen de un
                 sea plena, sumaria o superficial. La "sumarización
                                                                   las  medidas cautelares, en tanto, que  son
                 cognitiva o material horizontal" se da cuando el
                                                                   proceso cognitivo posterior, su finalidad  es
                                                                   prevenir o  remover un  daño  irreparable, y
                 por lo que puede ser parcial o completa.
                                                                   fututo título cognitivo.  De esta  manera, el
                 La actividad jurisdiccional en la tutela urgente   no el asegurar o conservar los efectos de un
                 no está dirigida a la obtención del "título", sino  proceso urgente responde a la denominada
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           A D V O C A T U S    37.  CAIRO  ROLDAN, Omar. "El  amparo durante  la vigencia del  Código Procesal Constitucional  Peruano". En: Revista


                     Pensamiento Constitucional, N° 19,2014. pp. 251-263.
                 38.  PEYRANO, Jorge W. "Nuevas tácticas procesales". Editorial Nova Tesis Jurídica. Rosario, Santa Fé, Argentina, 2000. p. 20.




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